Para garantizar la seguridad de 419 aeronaves de la flota aérea militar y sus tripulantes, la Secretaría de la Defensa Nacional (Defensa) adjudicó a Grupo Mexicano de Seguros la contratación de un seguro por 145 millones 492 mil pesos.
La póliza establece un esquema de protección mucho más amplio que un seguro aeronáutico convencional. En el apartado de Riesgos cubiertos se indica que la Fuerza Aérea Mexicana opera con un seguro diseñado para escenarios de guerra, conflicto armado, hostilidades y daños derivados de armas de uso militar.
¿Qué cubre el seguro?
En términos prácticos y de acuerdo con el Anexo Técnico de Aviación, el alcance de este seguro es contra de todo riesgo de pérdida o por daño físico, aunque en el caso de algunos cascos o aeronaves sólo aplica en tierra.
Los bienes aéreos asegurados con cobertura ante todo riesgo son 306 en total, 90 de los cuales son drones (Sistema de Aeronaves Pilotadas Remotamente-RPAS); en tanto, las unidades aseguradas en tierra son 113, dos de éstas RPAS.
Se especifica que los riesgos por pérdida o daño a las aeronaves pueden ser los causados por guerra, incluyendo gastos de extorsión y secuestro, invasión, huelgas, conmoción civil, daños maliciosos y riesgos de sabotaje, secuestro, confiscación y requisición.
“Minas abandonadas, torpedos, bombas u otras armas de guerra abandonadas”, detalla el documento.
En lo referente a refacciones y equipo, se especifica la cobertura de motores de repuesto, herramientas, equipo terrestre, fly away kits (incluyendo herramientas de los empleados) siempre que estén bajo cuidado, custodia o control de terceros.
Además de daños que la aeronave pueda causar a terceros, accidentes personales y gastos médicos: lesiones o fallecimientos del personal, ya que la cobertura del seguro es asimismo por responsabilidad civil, incluye daño moral.
En caso de accidentes personales y gastos médicos, ampara a pasajeros civiles y militares, así como tripulantes, tanto en los casos cuando se encuentren volando como si se está a bordo o descendiendo de la aeronave.
¿Dónde pueden sobrevolar las aeronaves?
Por cuanto hace a los límites geográficos de operación de las aeronaves, estos quedan señalados en la sección de cobertura de cada una, sin embargo, de acuerdo el Anexo Técnico de Aviación, van desde territorio nacional hasta Norteamérica, Centroamérica y El Caribe.
No obstante, algunas aeronaves están consideradas con límite geográfico mundial, tal es el caso de los tipo Hércules, Gulfstream, Challenger y CASA 295M.
Adicionalmente, el contrato aplica en actividades oficiales de la Defensa como shows aéreos, demostraciones o exhibiciones, operaciones de búsqueda y rescate, ambulancia aérea, control de tráfico, búsqueda de personas desaparecidas, operaciones de reconocimiento, comisión de inspección.
Así como en aquellos casos en que el gobierno federal lo requiera como en inspección de daños, fotografía aérea, combate y persecución de delincuentes, combate y persecución de narcóticos, aprehensión y transportación de sospechosos o criminales, transportación de tropas, abastecimiento y evacuación de materiales cuando se aplique el Plan DN III, entre otros.
Vigencia del seguro
Con base en la adjudicación, la vigencia de este seguro inició el 25 de agosto y culmina el 31 de diciembre de 2025, con posibilidad de ser prorrogable.
La naturaleza de su esquema, sin duda, se debe a que las autoridades reconocen el riesgo de que un aparato sufra daño por municiones sin explotar o artefactos abandonados en zonas de operaciones, algo común en escenarios de guerra o en regiones que enfrentan conflictos con el crimen.
Como el reciente Plan Michoacán por la Paz y la Justicia, bajo la denominada Operación Paricutín, mediante la cual la Secretaría de la Defensa Nacional además del envío de elementos, desplegó cinco helicópteros de la Fuerza Aérea Mexicana en apoyo a las fuerzas terrestres.
RM