La paridad de género es un principio constitucional que busca garantizar igualdad de acceso a puestos de decisión y elección para hombres y mujeres.
Existen muchas formas de lograrlo que son posibles incorporar a la legislación y sin bien todas son válidas, algunas son más adecuadas que otras de acuerdo al contexto y a sus efectos.
La semana pasada la paridad de género en la postulación de candidatas y candidatos a la gubernatura volvió al radar de la clase política de Coahuila después de que se diera a conocer el proyecto de sentencia de la Ministra de la SCJN Loretta Ortiz Ahlf, en donde se proponía declarar inconstitucional un transitorio de la reforma para garantizar la paridad en Coahuila, que tendría como consecuencia que todos los partidos postularan candidatas en la elección de 2023.
Sin embargo, una resolución del Tribunal Constitucional de Coahuila, dejó sin efectos toda la reforma por fallas en el procedimiento y hasta el momento, la regla que se aplica es la que se deriva del criterio del INE, de que los partidos deben otorgar la mitad de sus candidaturas para hombres y la otra mitad a mujeres, de forma que los partidos tendrán que elegir en el Estado de México y Coahuila, en cuál postularán una candidata y en la otra entidad tendrán que optar por un candidato.
En lo personal, este esquema me parece más adecuado, porque le ofrece a la ciudadanía y a los partidos más opciones, no restringe la oferta política a un solo género, pero a la vez garantiza que los partidos tengan al menos la mitad de candidatas, haciendo frente a la exclusión histórica, pero sin cerrar de tajo la posibilidad de que, tomando en cuenta las restricciones, los partidos puedan optar por un candidato.
Sin duda, no es un asunto ni un debate cerrado, que seguirá dando de qué hablar, sobre todo porque la discusión en el Congreso del Estado se tendrá que reponer, pero espero se opte por un esquema que permita una mayor competencia y oferta para la ciudadanía.
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@victorsanval