Política

Un segundo o un año: las decisiones que salvan vidas

  • Seguridad ciudadana
  • Un segundo o un año: las decisiones que salvan vidas
  • Sophia Huett

Era una tarde cualquiera cuando Laura, una policía municipal, recibió una llamada de auxilio. En segundos, llegó a un parque donde un hombre amenazaba a una familia con un cuchillo. Laura no tuvo tiempo de consultar libros de derecho, ni de deliberar con colegas. En un solo instante, tuvo que decidir: intervenir y neutralizar la amenaza, arriesgando su vida, o esperar y tal vez ser testigo de una tragedia. Actuó. Salvó tres vidas.

Horas después, Laura rindió su informe policial homologado ante el Ministerio Público. Aquí comenzó otra carrera contra el tiempo: en no más de 48 horas, el Ministerio Público debería determinar si su intervención fue conforme a derecho. De encontrar indicios de uso excesivo de la fuerza o de ilícitos, podría judicializar el caso no solo contra el agresor que amenazó a la familia, sino también, eventualmente, contra la propia policía, imputándole posibles delitos como abuso de autoridad o lesiones. Esto, conforme al artículo 16 de la Constitución y el Código Nacional de Procedimientos Penales.

Días, meses, o incluso años después, en la tranquilidad de su despacho, un juez revisará todo lo actuado: la decisión de Laura en un segundo, la investigación del Ministerio Público en horas, las pruebas reunidas. El juez tendrá tiempo, recursos, asesoría jurídica y, si es necesario, más de un año para dictar una resolución.

Esta línea de tiempo –el segundo de la decisión policial, las horas de investigación ministerial, los meses o años de resolución judicial– suele olvidarse al discutir la actuación de los cuerpos de seguridad. Sin embargo, es fundamental para comprender y exigir justicia en ambos sentidos: para quien recibe una agresión, y también para quien arriesga su vida protegiendo a los demás.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 21, establece que “la seguridad pública es una función a cargo de la Federación, las entidades federativas, los municipios y demarcaciones territoriales” y que corresponde a las instituciones de seguridad “salvaguardar la integridad y los derechos de las personas”. Por su parte, el uso de la fuerza está regulado por la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, que reconoce los principios de proporcionalidad, legalidad, necesidad y prevención.

En esos segundos críticos, el policía debe valorar de manera instantánea si su actuación es proporcional, necesaria y legal, sin margen de error, sin beneficio de una revisión minuciosa como la que tendrá el Ministerio Público en sus investigaciones o el juez más tarde en su resolución.

No se trata de eximir de responsabilidad a los cuerpos de seguridad, sino de reconocer la naturaleza de su tarea. Una actuación errónea debe ser investigada y sancionada, claro está. Pero también debe reconocerse el enorme peso de decidir bajo presión, en segundos, mientras otros tienen horas, días, meses o años para evaluar su decisión en el sosiego de un despacho.

Exigir excelencia a nuestras fuerzas de seguridad es indispensable. Pero igual de indispensable es ofrecerles procesos justos, que entiendan la diferencia entre un segundo de decisión, las 48 horas de investigación inicial del Ministerio Público y el año o más de deliberación judicial. De eso depende no solo la justicia para quienes protegen, sino también la confianza que como sociedad depositamos en ellos.

Al final, cuando se discuta si Laura actuó bien o mal, es necesario recordar: ella no tuvo un año para decidir. Solo tuvo un segundo para salvar una vida.


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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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