Atendiendo la iniciativa del Presidente, la mayoría de diputados y senadores de MORENA reformó el artículo 224 de la Ley Orgánica del Poder Judicial Federal, y eliminó trece fideicomisos de ese Poder.
La reforma dice: “En el ámbito del Poder Judicial Federal no podrán ser creados ni mantenerse en operación otros fondos ni fideicomisos adicionales al Fondo Económico para el Mejoramiento de la Administración de Justicia.”
Disponer que “no podrán mantenerse en operación otros fondos ni fideicomisos”, viola el artículo 49 Constitucional; transgrede la normatividad del fideicomiso y como consecuencia el artículo 14 constitucional.
El artículo 49 dispone que el gobierno es una unidad que se divide para su ejercicio en tres Poderes; por lo tanto, es un contrasentido que el Ejecutivo y el Legislativo, sin motivo ni fundamento legal, atenten contra el Poder Judicial. Eso es una negación de la división de poderes que es la base de nuestra democracia constitucional.
Ahora bien, el fideicomiso es un contrato en el que una persona o un órgano gubernamental (llamado fideicomitente), destina bienes para un fin determinado y a favor de los beneficiarios designados (denominados fideicomisarios); el fideicomitente transmite la propiedad de los bienes a una institución fiduciaria que los recibe para cumplir con los fines establecidos.
De esa manera, los fideicomisos crean derechos a favor de los fideicomisarios; y quien infringe derechos adquiridos viola el artículo 14 constitucional.
Dicho artículo consagra que a ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna; y que nadie podrá ser privado de sus derechos, sino mediante juicio y conforme a las Leyes anteriores al hecho.
La reforma debería de haberse limitado a prohibir la creación de nuevos fideicomisos y la aportación de fondos a los existentes; dejando a salvo los actuales para respetar los derechos adquiridos.