Tuve oportunidad de ver por el Canal del Congreso la sesión del jueves 14 de la Cámara de Diputados, en la que se aprobó la reforma constitucional para modificar la figura de la consulta popular y establecer la de revocación de mandato. Fue un supuesto debate, porque las intervenciones de la mayoría de la alianza del partido Morena, no combatieron los argumentos contrarios, ni aludían a las propuestas que hicieron.
El dictamen aprobado, que pasó a la Cámara de Senadores, reforma y adiciona diversas disposiciones de los artículos 35, 36, 73, 81, 83, 99, 115 y 122 de la Constitución.
Es claro que si la consulta para la revocación del mandato del Presidente López Obrador se realiza en la misma fecha de las elecciones para elegir 500 diputados federales, 13 gobernadores, diputados locales y ayuntamientos, tendríamos nuevamente una campaña presidencial junto a las campañas de los demás candidatos.
La revocación del mandato de los gobernantes debe ser un derecho de los ciudadanos, no debe ser prerrogativa de los gobernantes. Es una acción positiva, si se logra a favor de los ciudadanos.
El Presidente de los mexicanos es electo por un período de seis años, y en efecto, podría haber demanda de revocación de mandato, si se dieran las condiciones y requisitos para ello, no sujeta a la voluntad del gobernante, no a su conveniencia.
La aprobación, en su caso, por el Senado y las Legislaturas locales, debería ser para aplicarse a partir del siguiente presidente de la república, para evitar la interpretación de una modificación constitucional a modo. Y deben ponderarse los riesgos de inestabilidad política, que podrían ser más costosos para el país que los supuestos beneficios.
La participación ciudadana en asuntos de gobierno y de la administración pública forma parte de la retórica de nuestro país. El referéndum, la iniciativa popular y el plebiscito son figuras con antecedentes en la legislación mexicana, aunque en la realidad, su aplicación es relativa, como en los ayuntamientos la participación ciudadana y la celebración de cabildos abiertos. No así cuando hay un proceso electoral, como el del 1 de julio de 2018, que atrajo a una mayoría importante de ciudadanos.
La incorporación de una consulta para la revocación del mandato en la misma fecha, sería una clara intromisión de quien ejerce el poder ejecutivo en las campañas y jornada electoral, lo que violaría un principio de la competencia: el de igualdad de condiciones para los contendientes.
@MauricioTexcoco