La sociedad mexicana debe saber acerca de las afectaciones que traerá a la economía familiar la aprobación del anteproyecto de Norma Oficial Mexicana NOM-237-SE-2021 “Servicios educativos-disposiciones de carácter comercial a las que se sujetarán los particulares que presten servicio del tipo de educación básica”, presentada por la Secretaría de Economía, ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER) con el número de expediente 09/0092/151021.
Dicho anteproyecto no cumple con los principios de Mejora Regulatoria al implicar mayores costos que beneficios para los sujetos regulados y para la sociedad en general.
Para mayor detalle, me permito exponer las preocupaciones de las instituciones educativas pertenecientes a la Cámara Nacional de la Educación de la República Mexicana, A.C., CANERMEX.
Por principio de cuentas considera al servicio educativo como un acto de comercio y no como una actividad de índole social. Implica para padres de familia costos excesivos, lo que obstaculiza el acceso a la educación y, además, genera una sobrerregulación al sector educativo poniendo en riesgo la existencia de las escuelas.
Las instituciones particulares impulsamos la calidad e innovación educativa, fortalecemos el derecho de libertad de elección de los padres de familia a decidir la educación que consideren mejor para sus hijos y complementamos en capacidad y cobertura a la educación en México.
Para las instituciones pertenecientes a la CANERMEX es importante que la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) participe con un análisis acerca de las implicaciones que esta NOM tendrá en la competencia del sector, pues la Norma muestra una clara sobrerregulación que provocaría barreras a la entrada de nuevos agentes que quisieran participar en el mercado. Los esquemas de validación regulatoria que contempla el proyecto ya están considerados por otros acuerdos y reglamentos regidos por la SEP, por lo que se generaría una duplicidad en los costos de cumplimiento.
Las medidas en su conjunto provocarán la salida del mercado de escuelas que no sean capaces de cumplirlas y un aumento de las colegiaturas de la educación particular como consecuencia por la falta de participantes en el mercado. Ahora bien, la Norma no prevé ningún esquema para controlar o regular centros educativos que se encuentren en la informalidad, lo que desincentiva la formalización de los centros educativos en estas condiciones.
Finalmente, la NOM-237-SE-2021, al ser una NOM emitida por la Secretaría de Economía, invade esferas de competencias de la SEP y pretende cambiar la naturaleza del servicio educativo para que éste sea asemejado a un servicio comercial, cuando el artículo 3ro Constitucional, la Ley General de Educación y los Acuerdos de la SEP derivados de estos, reconocen el servicio educativo como un servicio público de interés social y en toda su normatividad nunca asemeja ni pretende asemejar ningún término a los propios del derecho mercantil, ni de los actos comerciales, ya que la naturaleza de los actos y disposiciones comerciales son muy diferentes al servicio educativo por lo que se regulan y deben seguirse regulando, de manera distinta.
Las escuelas particulares representan un sector fundamental para la estabilidad económica y social del país; coadyuvan en la cobertura y calidad de la educación nacional. De la totalidad de centros educativos particulares de todo México, 16% son mexiquenses, y la mayoría se vería afectada con esta disposición.
Mario Luis Pérez Méndez
Presidente de la Cámara Nacional de la Educación de la República Mexicana, A.C., Canermex.