Política

OPD Salud, no cumple amparo porque es otro oficio

Porque cambió el número de oficio de un crédito fiscal por más de 500 millones de pesos, el Gobierno de Jalisco se niega a cumplir una sentencia de amparo derivada de una licitación ilegal.

Según el área jurídica del Organismo Público Descentralizado (OPD) Servicios de Salud Jalisco, no puede repetirse el proceso de la convocatoria para contratar a un despacho que defienda al estado de la deuda ante Hacienda, porque fue anulado el oficio que contenía esta resolución. En el oficio OPDSSJ/DJ/CONT/2478/2025 dirigido al juez Cuarto de Distrito en Materia Administrativa dentro del amparo indirecto 945/2024, José Luis De Lara Huerta, coordinador jurídico del organismo, expone que la licitación pública LCCC-041-2022 no puede reponerse como ordena la sentencia, porque un tribunal federal administrativo dejó sin efecto el oficio 500-30-00-04-02-2022-02062 del mencionado crédito, que fue motivo del concurso.

Reconoce que la autoridad fiscal emitió una nueva resolución de crédito fiscal, el 500-30-004-02-2025-03967 (por más de por 575 millones de pesos), pero al tratarse de un nuevo resolutivo, ya no puede cumplirse la licitación.

En su galimatías refiere que no puede acatar la sentencia de reponer la licitación impugnada por el despacho afectado, Núñez López Consultores, S.C., ya que implicaría modificar las bases, puesto que fue anulado el oficio que contenía el crédito fiscal.

Según el área legal, Monty Servicios Contables, S.C., consiguió que se anulara el oficio del crédito fiscal 500-30-00-04-02-2022-02062, por lo que la nueva resolución de número 500-30-004-02-2025-03967 no tiene nada que ver con la licitación.

Sin embargo, una revisión a la convocatoria señala que el objeto del servicio es “brindar asesoría y defensa fiscal-legal relacionada al crédito fiscal” del oficio antes referido.

Y la labor realizada por Monty se centró en impugnar el requerimiento de información contenido en el oficio 500-30-00-04-02-2022-02062 que excedía lo dispuesto por el artículo 42 fracción II del Código Fiscal de la Federación, lo que fue aceptado por el tribunal federal que ordenó su anulación, pero dejó a salvo las facultades para que la autoridad fiscal repusiera el procedimiento.

Esto quiere decir que el despacho consiguió anular el oficio que contenía el requerimiento del crédito, pero no la deuda ante Hacienda, misma que fue repuesta e incluida en la nueva resolución 500-30-004-02-2025-03967 que ahora supera los 575 millones de pesos.

En la respuesta al juez cuarto de distrito, el área jurídica del OPD Servicios de Salud Jalisco elude responder a otra parte de la sentencia del amparo indirecto 945/2024 sobre una reparación del daño al despacho afectado ya que, al margen de número de oficios y créditos fiscales, lo que resolvió el juzgado es que se trató de una licitación ilegal y “la autoridad administrativa puede implementar los mecanismos necesarios para indemnizar a la persona afectada”.

Por otra parte, el fondo del asunto, el actualizado crédito fiscal por más de 575 millones de pesos contra el OPD Servicios de Salud, Jalisco, ya fue controvertido por el área legal ante la Segunda Sala Regional del Tribunal Federal de Justicia Administrativa con el número de expediente 6111/25-07-02-2-OT, lo que demuestra que sigue vigente la deuda fiscal.

Y todavía más, si la asesoría contratada a Monty Servicios Contables, S.C., obtuvo una sentencia firme favorable en última instancia al organismo respecto al crédito fiscal 500-30-00-04-02-2022-02062 de 515 millones de pesos como demandaba la licitación, ¿por qué no le han pagado el 50 por ciento restante del contrato pese que así lo ordenó el Tribunal de Justicia Administrativa en el expediente 4132/2024?

En la enredada madeja de esta novela, el juez cuarto de distrito podría pedir copia del nuevo crédito fiscal 500-30-004-02-2025-03967 para cotejar con el anterior y ver que son los mismos conceptos, más actualizaciones. Pero hay un pequeño problema, se trata de un expediente que ya acumula más de 10 mil fojas.


(La historia completa en www.paraleloveinte.com).

martinezmcarlos@hotmail.com.


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Carlos Martínez Macías
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