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Expertos te dicen cuáles son los 3 errores más comunes que se cometen al presentar la declaración anual ante el SAT

Un pequeño descuido podría costarte caro. Muchos contribuyentes terminan con deudas innecesarias o perdiendo saldos a favor por no prestar atención a algunos detalles.

Presentar la declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) no tiene por qué ser un dolor de cabeza, según los expertos, pero advierten que si bien existen herramientas que facilitan el proceso, ignorar ciertos detalles puede hacerte acreedor a multas u otras sanciones. Para que no te tome por sorpresa, aquí te presentamos los tres errores más comunes que debes evitar.

La declaración anual es un reporte de ingresos y gastos que realizaste durante el año fiscal, en este caso, en 2025, y que debes presentar de manera digital al SAT.

En entrevista con MILENIO, Elizabeth Mondragón, asesora financiera y agente de seguros, detalló que quienes están obligados a presentar la declaración anual son las personas morales (empresas):

  • Personas morales sin fines de lucro: hasta el 16 de febrero de 2026.
  • Demás regímenes del Título II de la Ley del ISR y Régimen Simplificado de Confianza (Resico): hasta el 31 de marzo de 2026.

También, las personas físicas tienen todo abril para presentar su declaración, si cumplen con alguna de las siguientes condiciones:

  • Haber tenido dos o más patrones en el año fiscal (Ejemplo: cambiaron de trabajo o tuvieron dos empleos simultáneos).
  • Haber ganado 400 mil anuales o más.
  • Personas que laboran en plataformas de movilidad o de hospedaje, como Uber o Airbnb, también están obligadas si sus ingresos superan igualmente los 400 mil anuales o si tuvieron dos "patrones" (Por ejemplo: si fueron asalariados parte del año y luego plataforma).

Los 3 errores más comunes son:

1. No revisar documentos e información precargada.

Roberto Iván Colín Mosqueda, integrante de la Comisión Técnica Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México, manifestó en entrevista que es muy importante que al presentar la declaración anual, el contribuyente se asegure que su firma electrónica y su clave del RFC estén vigentes para ingresar al SAT.

"A veces nos encontramos con que al intentar presentar la declaración anual, que tiene que presentar con firma electrónica y ésta ya está vencida o está caducada", expresó.

Por su parte, Mondragón sugiere que además de estos documentos, también se tengan sus facturas a la mano.

“Este hecho de que como precargado todo, luego dicen (los contribuyentes): 'No, pues ya todo está precargado', pero sí puede haber errores, por lo que habría que estar comparando", dijo.

Colín Mosqueda coincidió en que el contribuyente debe revisar toda su información aunque está precargada en el SAT.

"Es muy importante que los contribuyentes revisen que estén cargadas, (...) todos los ingresos que debieran tener, que estén cargadas las retenciones, ya sea solo por salarios o por honorarios prestados a personas morales y que sean correctos los patrones", manifestó.

El especialista recordó que muchas veces se han encontrado algunos casos de contribuyentes que solamente prestaron servicio a un patrón, pero les aparecen dos patrones.

"Si su información tiene alguna inconsistencia o tiene errores, se puede solventar a través de casos de aclaración, si es que son fallas del sistema o alguna inconsistencia que se pueda resolver, o bien si hay facturas que el contribuyente sabe que hizo y que no aparecen", dijo.

2. Pensar que todo lo que facturaste en el año es deducible.

“Hay cosas que son deducibles, cosas no deducibles y, además, las cosas deducibles tienes que pagarlas tú mismo, es decir, tiene que salir de alguna tarjeta de crédito, de débito tuya; tienes que haber pagado con un cheque o haber hecho una transferencia”, expresó Mondragón.

Por el contrario, si pagaste en efectivo, no cuenta. Entonces, esa es otra de las cuestiones más importantes que luego las personas dicen: ‘No, pues es que yo hice el montón de gastos en el año y no pude deducir nada’.

“Bueno, seguramente lo pagaste en efectivo y por eso no lo pudiste deducir; entonces ese es como el segundo, como el segundo error común.

Los gastos deducibles para personas físicas son:

  • Citas médicas (doctores, psicólogos).
  • Atención médica hospitalaria y medicamentos comprados en hospitales.
  • Lentes de aumento.
  • Estudios médicos, cheques médicos.
  • Gastos funerarios.
  • Intereses hipotecarios.
  • Transporte escolar (si es obligatorio).
  • Colegiaturas (hasta cierto tope).
  • Donativos a asociaciones sin fines de lucro.

3. Si me sale saldo en contra, no lo pago.

“No pagarle al SAT sí es un tema además de que se te generan recargos y vas a tener al alzarte encima de ti, ciertamente te pueden subir a buro de crédito, es decir, pueden reportarte como deudor buro de crédito y entonces va a ser complicadísimo que después te den algún crédito o que incluso te contraten”,

Lo anterior, explicó Mondragón, dado que en algunas empresas te piden que no tengas deudas con el SAT.

"Lo más grave es que como autoridad fiscal, el SAT tiene la facultad de congelarte las cuentas. Te pueden congelar las cuentas bancarias para cobrarte de ahí lo que no les estás pagando”, refirió.

Detalló que si tienes saldo en contra, es decir, que debas pagarle al SAT los impuestos, habrá queo acercarte con algún contador para ver si a lo mejor hiciste algo mal durante tu declaración, y entonces con ellos, ver si pueden bajar el saldo en contra, o bien, pagarlo con facilidades, si no puedes pagar en el momento.

Estos son los errores que debes evitar.
Estos son los errores que debes evitar. Foto: Imagen generada con IA

MRA


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Miriam Ramírez
  • Miriam Ramírez
  • miriam.ramirez@milenio.com
  • Hoy Editora Web de Negocios, antes reportera. Mi género periodístico preferido: la conversación hecha entrevista. UNAM de corazón, pero el latido más intenso proviene de la felicidad de mi familia.
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