Con 65 carpetas de investigación abiertas, septiembre se convirtió en el mes con más delitos contra la intimidad personal en la historia de Nuevo León.
Al dejar en el segundo lugar, según datos de la Fiscalía General de Justicia estatal, los 61 casos presentados ante la autoridad y que derivaron en una averiguación previa en el mes de junio del año 2023.
Y con ello, pasar ahora como tercer mes con más delitos de este tipo el mes de noviembre del año 2022 con 60 casos, mes, por cierto, en que por primera vez en la entidad se registraron 60 o más carpetas de investigación por esta causa en el estado.
De acuerdo con la autoridad, en los primeros nueve meses del año 2025 suman en Nuevo León 393 delitos contra la intimidad personal.
Tras los 36 en enero, los 31 en febrero, los 32 en marzo, los 50 en abril, los 42 en mayo, los 44 en junio, los 46 en julio, los 47 en agosto y los mencionados 65 que impusieron récord en septiembre.
Mientras que, de acuerdo con la autoridad, ahora se acumulan en la entidad 3 mil 125 delitos contra la intimidad personal en el estado, esto desde su aparición en la incidencia delictiva en la entidad en el año 2019.
En ese año, preciso mencionar, fue en el mes de mayo cuando se reportaron los primeros delitos de este tipo en el estado, con 10 casos en esa ocasión.
Destacar, además, que a partir del 2021 en todos los años se superaron los 500 delitos contra la intimidad personal en Nuevo León.
En general, las cifras oficiales señalan que el año 2019 concluyó con 123 delitos, el 2020 con 395, el 2021 con 504, el 2022 con 561, el 2023 con 594, el 2024 con 555, y el 2025, en nueve meses, con 393, para el citado acumulado de 3 mil 125.
Por otra parte, precisar que el artículo 271 bis del Código Penal de Nuevo León refiere que "comete el delito contra la intimidad personal quien o quienes, revelen, difundan, distribuyan, publiquen o exhiban mediante correo electrónico, redes sociales o por cualquier otro medio, imágenes, audios o videos de contenido erótico, sexual o pornográfico, de una persona sin su consentimiento.
Así como quien videograbe, audiograbe, fotografíe, imprima o elabore, imágenes, audios o videos con contenido sexual de una persona sin su consentimiento.
Y, a quien cometa el delito descrito se le impondrá una pena de tres a seis años de prisión.
mrg