La pandemia por el covid-19 podría significar para el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y las empresas un impacto severo adicional a sus finanzas por concepto del pago de incapacidades, al ser considerado el coronavirus como enfermedad de trabajo.
Desde el 3 de abril de 2020, el Instituto Mexicano de Seguridad Social emitió una circular en la cual estipuló los criterios bajo los cuales se califica como enfermedad de trabajo al covid-19.
En Nuevo León, la delegación del Instituto Mexicano del Seguro Social ha expedido 58 mil 302 certificados de incapacidad solo por covid-19, esto con fecha al 4 de septiembre del año en curso, lo que significa más de 13 millones de pesos, según estimaciones de abogados laboristas que prefirieron el anonimato.
Consideraron que dicha cantidad podría ser mayor.
El abogado Jesús Perales, asociado senior del despacho Fegamo & Vasaf, opinó que es importante que los centros de trabajo que se encuentren operando y aquellos que poco a poco van reanudando sus actividades, lo hagan en total apego a las medidas sanitarias emitidas por las autoridades sanitarias y del trabajo, ya que, de hacerlo así, se estaría reduciendo la posibilidad de contagio en los empleados ante la exposición del virus covid-19.
Mencionó que, si bien es cierto, el subsidio recibido por los empleados es pagado por el Instituto Mexicano del Seguro Social, también lo es el hecho de que, ante un riesgo de trabajo, los patrones se verían también afectados, debido a que dicho riesgo modificará el porcentaje de prima de riesgo de trabajo.
Señaló que, además, el tener empleados con enfermedad de trabajo por covid también impacta las finanzas del IMSS, ya que paga el 100 por ciento del salario del trabajador y cuando es por enfermedad solo paga el 60 por ciento.
“Así también al patrón que se le decrete una enfermedad de trabajo, su prima de riesgo podría aumentar hasta en uno por ciento, en caso de fallecimiento, de no cumplirse los lineamientos corren el riesgo de multas y suspensión de actividades”, añadió el especialista.
Perales precisó que, si bien es cierto que ya es considerado riesgo de trabajo, la única manera en que no podría ser catalogada como tal, sería en caso de que se determine que el contagio del trabajador de covid-19 no fue a consecuencia de la realización de sus labores y se clasifique como enfermedad general, entonces el trabajador obtendrá una incapacidad temporal y se hará acreedor a un subsidio del 60 por ciento del salario registrado en el IMSS.
Por su parte, la delegación del Seguro Social en Nuevo León dijo que al mes de agosto el número de incapacidades por covid-19 oscilaban las 52 mil 152, adicional a esta cifra, están permisos especiales por contingencia covid-19 tramitados hasta el mismo día alcanzaban al cierre de agosto los tres mil 595.