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Senado aprueba reforma a Ley de Derecho de Autor; permite censura en internet: ONG

El Senado aprobó reformas a los artículos 213 bis y 215 a la Ley Federal de Derecho de Autor; organizaciones como R3D y Artículo19 acusan que estas modificaciones permiten la censura.

Con 63 votos a favor, 11 en contra y 23 abstenciones, el pleno del Senado aprobó este jueves reformas a los artículos 213 bis y 215 a la Ley Federal de Derecho de Autor.

Organizaciones como la Red en Defensa de los Derechos Digitales, R3D, y Artículo 19 criticaron la decisión, al considerar que con estas modificaciones se permite la censura en internet.

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En un comunicado, la R3D acusó que la decisión del Senado atenta contra el derecho a la libertad de expresión en internet y que fue tomada "sin una discusión previa en comisiones y sin respetar el proceso legislativo".

El presidente de la Comisión de Cultura, el senador Javier Lozano, defendió la decisión y dijo que las modificaciones permiten otorgar medidas precautorias, ordenadas por el Tribunal del Poder Judicial.

"La acción de la autoridad se realizará a solicitud de los creadores, autores, compositores y titulares de derechos patrimoniales o de las Sociedades de Gestión Colectiva que los representen", explicó el Senado en un comunicado.

Sin embargo, a decir de la R3D, esta reforma establece "que cualquier tribunal tendrá la facultad de ordenar que una comunicación pública —por ejemplo, un video en internet— sea censurada o que los servidores, enrutadores u otros instrumentos usados en su difusión sean asegurados, sin que haya sido previamente demostrado en un juicio que dicha comunicación viole el derecho de autor".




(YouTube)

"Estas reformas constituyen claramente una medida de censura previa, violatorias del artículo séptimo de la Constitución mexicana", finaliza el texto de la R3D.

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El artículo 213 Bis de la Ley Federal de Derecho de Autor señala:

"Los titulares de los derechos reconocidos por esta ley, sus representantes o las Sociedades de Gestión Colectiva que los representen podrán solicitar a los Tribunales Federales y/o Tribunales de los Estados y/o de la Ciudad de México, el otorgamiento y ejecución de las siguientes medidas precautorias para prevenir, impedir o evitar la violación a sus derechos patrimoniales a los que se refiere el artículo 27 de esta Ley:

I. La suspensión de la representación, comunicación y/o ejecución públicas.

II. El embargo de las entradas y/o ingresos que se obtengan ya sea antes o durante la representación, comunicación y/o ejecución públicas;

III. El aseguramiento cautelar de los instrumentos materiales equipos o insumos utilizados en la representación, comunicación o ejecución púbicas.

IV. Cuando las medidas previstas en las fracciones anteriores no sean suficientes para prevenir o evitar la violación de los derechos de autor, se decretará el embargo de la negociación mercantil".


(Especial)

Por su parte, la organización Artículo 19, a través de su cuenta en Twitter, criticó la decisión de los senadores de aprobar esta reforma, sin considerar que la Suprema Corte de la Justicia de la Nación (SCJN) ya se había pronunciado sobre el tema, al considerar que cualquier tipo de medida precautoria en internet para proteger derechos de autor es violatoria de la libertad de expresión.

En un proceso lleno de irregularidades, @senadomexicano aprobó hoy la reforma a la Ley del Derecho de Autor, sin considerar que la @SCJN estableció que este derecho no justifica por sí mismo el bloqueo de contenidos y páginas web en internet. #MadrugueteAInternet


AG

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