Política

Tribunal ordena que residencia de ex esposa de Emilio Lozoya, en Ixtapa-Zihuatanejo pase a la Federación

El inmueble se encuentra en el desarrollo turístico de Ixtapa-Zihuatanejo y tiene un valor de 1.9 millones de dólares.

Un tribunal federal dio luz verde para que la residencia de Marielle Helene Eckes que se localiza en Ixtapa-Zihuatanejo, Guerrero, y que está valuada en 1.9 millones de dólares pase a la Federación.

El viernes 13 de marzo, se publicó la decisión del Primer Tribunal Colegiado de Apelación en Materias Civil, Administrativa y Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones del Primer Circuito que revocó la resolución dictada el 4 de abril de 2025 por la jueza Valeria Ruiz Ortega, quien había declarado improcedente la extinción de dominio de la propiedad de la ex esposa del ex director de Petróleos Mexicanos (Pemex), Emilio Lozoya Austin.

El colegiado declaró fundados los argumentos de la Fiscalía General de la República (FGR) para revocar la sentencia.

La dependencia federal alegó que la propiedad que se localiza en el número 4 del condominio Quinta Mar, ubicado en el Lote 55, manzana cuatro, zona de Contramar del Desarrollo Turístico de Ixtapa-Zihuatanejo, fue adquirida a través de sobornos, derivados del caso Odebrecht, en donde se imputaron delitos a la ex pareja por supuestas operaciones con recursos de procedencia ilícita y asociación delictuosa.

“En las relatadas condiciones, al resultar fundados los agravios que la apelante hizo valer es patente que el presente recurso de apelación debe declararse fundado y, por tanto, revocarse la sentencia impugnada”, detalla la notificación.
Y agrega: “Se condena a la parte demandada a la extinción de dominio, respecto del bien inmueble ubicado en el lote de terreno y construcción… Una vez que quede firme la presente sentencia, procédase a su ejecución y aplicación del bien declarado extinto a favor del Estado, por conducto del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado (INDEP)”.

Antecedentes del caso 

En abril pasado, Valeria Ruiz, jueza Primera de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia en la República Mexicana y Especializada en Juicios Orales Mercantiles, señaló en su resolución que la carpeta de investigación que inició la Fiscalía General de la República (FGR) en esta caso, comenzó dos años antes de la reforma que establece el catálogo de ilícitos en los que se permite el ejercicio de la acción de extinción.

Explicó que la reforma entró en vigor el 15 de marzo de 2019, y de acuerdo con el segundo transitorio, el Congreso de la Unión contaba con 180 días para la Ley Nacional de Extinción de Dominio, lo que hizo mediante decreto publicado el 9 de agosto del mismo año, que entró en vigor al día siguiente, en cuyo artículo 1°, fracción V, sub inciso j), estableció que la acción se puede ejercitar por hechos que configuren el delito de operaciones con recursos con procedencia ilícita.

“Como lo sostiene la actora, el 31 de julio de 2013 se realizó la adquisición del inmueble objeto de extinción, a través del contrato de fideicomiso protocolizado mediante escritura pública…
“Que por esos hechos de corrupción, el agente del Ministerio Público de la Federación, titular de la Agencia Sexta Investigadora CGI de la Unidad de Investigación y Litigación en la Ciudad de México, radicó la carpeta de investigación el 27 de enero de 2017 en contra del afectado por la posible comisión del delito de operaciones con recursos de procedencia”, indica la resolución.

De acuerdo con la FGR, la residencia fue comprada por Marielle Helene Eckes.

En julio de 2019, la FGR aseguró la residencia dentro de la carpeta de investigación FED/SEIDF/CGI-CDMX/0000117/2017, que se inició por el caso Odebrecht.

rdr

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Rubén Mosso
  • Rubén Mosso
  • Egresado de la Escuela Nacional de Estudios Profesionales Aragón, hoy FES Aragón (UNAM). Especializado en temas de juzgados y tribunales federales, además de la Suprema Corte y Fiscalía General de la República. Aficionado al cine y la música.
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