Demandan que el gobierno de Tamaulipas vigile que se respete la libertad de asociación de los trabajadores de la planta Tridonex, dedicada a la fabricación de autopartes en la ciudad de Matamoros.
En la Comisión Permanente del Congreso de la Unión se planteó, a través de una proposición con punto de acuerdo, que uno de los principales retos que México está por enfrentar es la aplicación del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida en Instalaciones Específicas (MLRR).
“El MLRR será puesto a prueba ya que la representante de Comercio de Estados Unidos, Katherine Tai, solicitó al gobierno de México revisar las supuestas negaciones del derecho de libre asociación y de negociación colectiva a los trabajadores de Tridonex en Matamoros y General Motors en Silao, Guanajuato”, señaló la senadora Lilia Valdez Martínez.
Expuso que el pasado 10 de mayo, la Federación Estadounidense del Trabajo y Congreso de Organizaciones Industriales (AFL-CIO, por sus siglas en inglés) presentó la primera controversia de respuesta rápida laboral.
“La denuncia fue interpuesta en contra de Tridonex, una empresa que se dedica a la maquila de autopartes con matriz en Filadelfia y controlada a través de un grupo de empresarios canadienses”.
Esta empresa es demandada por el Sindicato Nacional Independiente de Trabajadores de Industrias y Servicios (Snitis), el Sindicato Internacional de Empleados de Servicios (Seiu), el Sindicato Nacional Independiente de Trabajadores de Industrias y de Servicios Movimiento 20/32.
Valdez Martínez expone que la democracia sindical y la libre asociación colectiva, son derechos laborales fruto de la lucha del sector obrero durante décadas y no pueden ser vulnerados por intereses político-económicos.
“Desde el Senado de la República, como integrante de la Comisión Especial de Seguimiento a la Implementación del T-MEC y como sindicalista, debemos alzar la voz para que las autoridades intervengan".
Por lo anterior, formuló una proposición con punto de acuerdo, a fin de exhortar al gobierno estatal a hacer respetar las garantías laborales y libertad de asociación de los trabajadores, siendo turnada a la Tercera Comisión.
CGCH