El viaje de Yasmín Esquivel Mossa, ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), para supuestamente conocer una sala de lactancia que lleva su nombre (aunque mal escrito) en el consulado de San Antonio despertó suspicacia cuando la periodista Dolia Estévez dio a conocer este evento y, sobre todo, al señalar que el motivo del viaje había sido para obtener la vacuna covid-19, razón por la cual tramitó un certificado de matrícula consular. El caso se enmarca en una cadena de escándalos regionales para obtener vacunas VIP para altos funcionarios públicos en países de la región. Pero en México —a diferencia de Argentina, por ejemplo— el discurso de la austeridad y el combate a la corrupción del gobierno de la llamada "cuarta transformación" pone en evidencia las incongruencias entre sus predicadores.
Y es que hace tiempo no se veía un escándalo de estas magnitudes causado por el comportamiento de alguno de los integrantes de la SCJN. Y, sin embargo, la ministra ha llegado a un grado de confort donde sus acciones parecen no tener consecuencias directas. La presidenta de la Segunda Sala ha acumulado no pocos bochornosos errores judiciales; sin ofrecer argumentos convincentes votó a favor del malabar judicial que hizo posible la caprichosa consulta popular del presidente López Obrador; y más recientemente fue la única ministra que votó en contra del proyecto de sentencia que invalidó la aberrante política de Rocío Nahle, cuya inconstitucionalidad resultaba evidente.
Este último escándalo de la ministra es extraño, por decir lo menos. A inicios del mes pasado, en un día inhábil —paradójicamente por ser el asueto para celebrar la Constitución mexicana—, Esquivel viajó a Estados Unidos para ver con sus propios ojos el homenaje que le realizó el cónsul Rubén Minutti Zanatta, amigo y ex colega en el tribunal de justicia administrativa. ¿Por qué realizar un viaje de esta naturaleza en medio de una pandemia? ¿Cuál fue la necesidad de poner en peligro su vida y la de su marido, el ingeniero José María Riobóo? ¿Por qué recorrer miles de kilómetros, tomar precauciones y solventar múltiples trámites para llegar hasta Texas? Incluso si viajaron en avión privado —con todas las comodidades que ello implica— el asunto no termina de cuadrar.
La ministra aceptó el viaje y, de paso, se delató a sí misma cuando afirmó que lo único que hizo fue ejercer su derecho como mexicana a obtener un certificado de matrícula consular. Pero, ¿qué es un certificado de matrícula consular? ¿Por qué la urgencia de Esquivel por conseguir justo en estos momentos dicho documento?
Habrá que dejar en claro que el certificado de matrícula es producto de un largo esfuerzo de la diplomacia mexicana interesada en asistir a los migrantes indocumentados en los Estados Unidos. Los migrantes indocumentados representan una de las caras más duras de la marginación de nuestros tiempos. Son personas que, como su propia designación lo señala, no tienen documentos. Rara vez tienen pasaporte, actas de nacimiento, mucho menos identificaciones expedidas por las autoridades estadounidenses. No cuentan, pues, con medios para identificarse y para acceder a cuestiones tan elementales como una licencia de manejo o abrir una cuenta de banco. Desde el momento en el que migran a los los Estados Unidos los problemas derivados de la marginación aparecen de inmediato. Así, surgen preguntas que las autoridades realizan constantemente a este grupo en condiciones de vulnerabilidad: ¿Quién eres? ¿Dónde vives? Y, sobre todo, ¿cómo lo pruebas?
Así, la matrícula consular pretende contribuir a resolver problemas fundamentales para la comunidad migrante. Desde luego que no los resuelve todos ni logra remontar las dificultades que implica el registro de personas sin documentos. Precisamente por esa razón se ha discutido la cuestión de la seguridad detrás de las matrículas (para no ir más lejos, en este momento en Arizona se debate si la matrícula debe o no debe ser reconocida por las autoridades de ese estado como documento de identidad).
De tal forma que el otorgamiento de una matrícula consular a un ministro de la SCJN no hace más que sublimar los problemas en torno a este documento. A continuación, exponemos cuatro razones por las que resulta una afrenta que éste se haya expedido.
En primer lugar, no podemos dejar pasar el absurdo de que una persona en la cima de los privilegios sociales y políticos reclame un derecho que fue creado para indocumentados. De hecho, es probable que ella haya llegado a los EUA en avión privado, muy seguramente sin cita, y de hecho, también se desconoce si el consulado estaba abierto para prestar servicios al público en general ese día inhábil en México —pues los días festivos también suelen para los consulados y embajadas—.
En segundo lugar, el otorgamiento de una matrícula consular a una persona que no reside en Estado Unidos —pues despacha como integrante del más importante tribunal en México—, parece una clara irregularidad. Irregularidad que poco abona a disipar las dudas que las autoridades de aquel país tienen sobre la fiabilidad del documento. ¿Para qué sirve la matrícula consular? ¿Para apoyar a los migrantes indocumentados y, en general, a las y los mexicanos que residen en Estados Unidos? ¿O para dar identificaciones a las personas que, residiendo en México, tienen la fortuna necesaria para poseer bienes inmuebles en Estados Unidos y facilitarles sus trámites bajo la falsa percepción de que allá residen?
El Reglamento de Matrícula Consular es claro cuando dice que su objeto es “reglamentar la inscripción en el Registro Consular de los mexicanos que residen en el exterior”; que la matrícula consular es la “inscripción oficial de los mexicanos que residen en el exterior”; que el certificado es el documento que se otorga “por residir dentro dentro de su circunscripción”; que toda persona que lo solicite debe “[c]omprobar que reside en la circunscripción de la oficina consular”; y que la persona “que cambie su lugar de residencia lo notificará a la oficina consular de su nuevo domicilio”. Para decirlo pronto: los certificados de matrícula consular se otorgan a las personas que efectivamente residen en el exterior. La historia que da cuenta del nacimiento de la matrícula nos refiere lo demás.
En tercer lugar, para el otorgamiento de la matrícula se requiere hacer cita, llevar identificación o acta de nacimiento y “acreditar que vive en la circunscripción consular”. Esto quiere decir que la ministra debió hacer la cita correspondiente, la cita debió otorgarse en día hábil para el consulado y debió llevar documentación que acredite su residencia en San Antonio. Los indocumentados tienen que hacerlo invariablemente. ¿Lo hizo la ministra? ¿Sería igual de fácil para un indocumentado obtener una matrícula en tan breve tiempo?
Por último, la ministra probablemente requirió la matrícula para realizar un trámite en Estados Unidos. A menos, desde luego, que solo la haya tramitado por frivolidad o por el mero gusto de tenerla. De haber realizado algún trámite o tener planeado hacerlo, es muy probable que incurra en una nueva irregularidad. Esta vez ante autoridades del país vecino. La matrícula acredita identidad y residencia, por tanto, quien la requiere la usa para confirmar ante las autoridades encargadas del trámite que se requiera esas cuestiones.
El secretario de Relaciones Exteriores, Marcelo Ebrard, ha asegurado que existe una investigación en el órgano de control para conocer el actuar del cónsul Rubén Minutti Zanatta, que emitió la matrícula. Los artículos 58 y 58-BIS de la Ley del Servicio Exterior Mexicano señalan que incurrirá en irregularidad administrativa quien, en ejercicio de sus funciones como miembro de dicho servicio, realice el acto consistente en “expedir documentación consular o migratoria contraviniendo las normas aplicable”, sea o no con fines ilícitos.
Por otra parte, ¿cuál sería la consecuencia para la ministra Esquivel? Habida cuenta de su posición en el más alto Tribunal de nuestro país, parece indispensable discutirlo de forma pública. No se trata exclusivamente de buscar una sanción. Se trata de retomar el debate que tantas veces se ha expresado a propósito de la designación de las ministros y ministras. ¿Cuál es el perfil que se busca? ¿Qué esperamos de ellas y ellos? ¿Qué comportamiento deben tener dentro y fuera de la Suprema Corte de Justicia de la Nación? ¿Qué capacidades jurídicas deben tener? Estas designaciones trascienden por mucho los alcances de una regla de mayoría calificada. Si los procedimientos no son convincentes, la posibilidad de que el resultado tampoco lo sea se incrementa notablemente.
La Suprema Corte también debe contribuir a debatir esta cuestión. El ámbito de lo público de nuestro más Alto Tribunal, así lo exige. Recurrir a la anacrónica posición de que la ropa sucia se lava en casa, no es una solución. Los hechos ya son públicos y se requiere que las instituciones operen. La SCJN debe mostrar que es capaz de tratar a sus integrantes con los mismos estándares de profesionalismo y responsabilidad que exige al resto de la judicatura federal. No olvidemos que quienes lleguen a la Corte deberían ser personas congruentes y prudentes, que respeten la ley y eviten el influyentismo; de hecho, habrá que recordar que uno de los requisitos para poder haber estado nominada al cargo de ministra es acreditar su residencia en México por lo menos dos años antes de que empiece el encargo, y, por lo tanto, dicha condición no la puede perder, o cambiar, ni aunque nos encontremos en plena pandemia.
Las ministras y los ministros tienen una responsabilidad ética del más alto nivel, pues su cargo como máximos intérpretes de la Constitución es crucial y administrativa porque debe ejercer su encargo desde su residencia mexicana. El abuso de poder, el usar la ley a conveniencia de manera incuestionable e impune sigue siendo una constante en este supuesto nuevo régimen en el que se predica el fin de los privilegios en todos los ámbitos de Gobierno, por ende, si a la ministra de verdad le importara el principio de legalidad y velar por la aplicación igualitaria de la ley, simple y sencillamente, lo menos que se podría esperar es que diera la cara, asuma este funesto error y deje de mermar la legitimidad de un tribunal, ya de por sí cuestionado por su reciente demostración de falta de independencia.
Uno de los problemas más graves de la SCJN en la octava época fue la pérdida de confianza hacia ministras y ministros. La novena época logró modificar por completo esa percepción, no sólo a través de sentencias que pudieron servir para abrir camino en la garantía de derechos sino también por medio del comportamiento discreto y ejemplar de sus integrantes. Es una responsabilidad colectiva evitar nuevamente el deterioro de la máxima institución de justicia en el país. Resulta urgente apelar a que la ministra Yasmín Esquivel Mossa se responsabilice de sus acciones y muestre respeto hacia la investidura como integrante del máximo tribunal del país, de la que se espera que sea y que parezca.
José Antonio Caballero Juárez
Juan Jesús Garza Onofre
Issa Luna Pla
Javier Martín Reyes
* Investigadores del CIDE y del IIJ-UNAM