“Pedro” estaba desayunando con su madre el sábado 29 de febrero de 2020, en su casa en la calle Morelos, en el Barrio de San Juan de Salvatierra, un pueblito mágico de Guanajuato, cuando vio que unos desconocidos se llevaban a la maestra Lupita.
Desde el interior de su casa observó cómo dos motocicletas, una amarilla y una roja, le cortaron el paso a una camioneta Ford negra que iba de sur a norte. Advirtió que los hombres que viajaban en las motos descendieron con armas tipo escuadra y obligaron a bajar a dos personas del vehículo. Pedro juró que pudo ver todo esto.
Hoy se sabe que Socorro Alejandro, El Chore, y Carlos Manuel, El Moreno, iban en la moto amarilla, mientras César El Grillo y Julio, La Gringa, viajaban en la roja.
Se conoce también que en la Ford negra iban Ulises Blanco Ledesma y María Guadalupe Barajas Piña, una profesora de Salvatierra: la maestra Lupita.
A estos dos primeros los bajaron de la camioneta y después los obligaron a subir a los asientos traseros. Después los asesinaron y enterraron sus cuerpos en una fosa clandestina a unas cuadras de donde los subieron a la fuerza. En ese hoyo había 79 personas más.
Un día después, la madre e hija de Pedro fueron visitadas por dos de los acusados, quienes las amenazaron y les dijeron que no hablaran nada de lo que habían visto el día anterior. Aun así, fueron a declarar ante el Ministerio Público en Salvatierra. También lo haría Pedro, quien contó cómo se habían llevado a la maestra Lupita.
Pero cuatro años después, en julio del 2024, estos tres testigos dijeron no saber nada del caso. Que esa no era su declaración.
“Los testigos presenciales de los hechos se retractaron en el juicio debido a la coerción de la defensa [de los acusados]”, lamenta César Contreras, litigante del Centro de Derechos Humanos del Centro Miguel Agustín Pro Juárez.
Esto fue así porque en una de las audiencias, tanto el personal del Ministerio Público como de la Comisión de Víctimas vieron que los testigos –Pedro, su hija y su madre– se bajaron del vehículo de los abogados de los presuntos responsables de la desaparición de Lupita.
Debido a esta retractación, los cuatro acusados –Socorro Alejandro, Carlos Manuel, César y Julio– fueron absueltos en agosto de 2024. Luego volvieron a ser condenados en apelación en noviembre del mismo año. Desde entonces, los detenidos han apelado esta decisión asegurando que los testigos principales se arrepintieron.
Sin embargo, el 18 de febrero, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Decimosexto Circuito, en Guanajuato, decidió no resolver el amparo que los condenados interpusieron contra su sentencia y le pidió a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que lo atrajera, porque el caso plantea una pregunta que ningún tribunal ha respondido: ¿qué ocurre cuando un testigo miente porque lo amenazó el narco?
La historia de Lupita
La maestra Guadalupe Barajas desapareció el 29 de febrero de 2020. En octubre de ese año, sus padres, los profesores Javier Barajas Barrera y María del Tránsito Isidra Piña Sánchez, la encontraron en una fosa clandestina en Salvatierra, cerca de la calle J.M. Morelos Antigua, casi esquina con calle Sonora, en el Barrio de San Juan. El mismo barrio donde se la llevaron.
Las autoridades realizaron labores de búsqueda que se extendieron hasta el 18 de noviembre de 2020 y ahí encontraron 79 cuerpos más.
En febrero de 2021, gracias al trabajo colectivo con otras familias que buscaban a sus seres queridos, los señores Barajas Piña identificaron entre los restos óseos a su hija. Junto a ella estaban los restos de Ulises Blanco Ledesma, su acompañante cuando fueron secuestrados. Los estudios de genética forense determinaron que ambos habían muerto por heridas de proyectil de arma de fuego penetrantes en el cráneo.
Después de enterrar a Lupita, su padre Javier y su esposa María del Tránsito continuaron buscando. Su hijo Francisco Javier, abogado de 27 años, se incorporó a la Comisión Estatal de Búsqueda de Guanajuato para apoyar a otras familias.
Pero precisamente por sus labores de búsqueda y sus exigencias de justicia por la desaparición de su hermana lo pusieron en la mira de los criminales. El 29 de mayo de 2021, Francisco Javier fue asesinado por individuos vinculados con la desaparición de Guadalupe.
El proceso por la desaparición de la maestra Lupita tardó años en llegar a juicio. La audiencia fue diferida 11 veces, la mayoría por actos de la defensa de los acusados, y no se celebró sino hasta junio de 2023. El 15 de julio de 2024, finalmente comenzó el juicio oral ante el Juzgado de Oralidad Penal de la Región III, con sede en Acámbaro, Guanajuato.
Los cuatro acusados eran El Grillo, El Chore, El Moreno y La Gringa.
El delito: desaparición agravada cometida por particulares, previsto en la Ley General en Materia de Desaparición. La acusación descansaba, de manera esencial, en los tres testigos del Barrio de San Juan. Sin embargo, ese mismo año Pedro y sus familiares se retractaron de sus declaraciones y dijeron que no vieron nada.
La Fiscalía ahora tenía que comprobar que eso era mentira. El agente Fernando Ruiz Ramírez dijo que tomó la declaración a la madre y a la hija de Pedro, mientras Jonathan González Derramadero recabó la de este último.
Ambos agentes describieron con detalle las condiciones de las entrevistas, la ausencia de coacción, la forma en que los testigos leyeron y firmaron sus declaraciones. Ofreció también a María José Muñoz Juárez, especialista en acompañamiento psicológico que estuvo presente cuando la hija declaró, que testificara que la menor se encontraba emocionalmente estable y sin señales de manipulación.
El 21 de agosto de 2024, un tribunal en Guanajuato emitió su veredicto: los acusados eran inocentes. El 26 de agosto dictó la sentencia definitiva absolutoria. La razón fue que los tres testigos habían comparecido a juicio y, frente al tribunal, negaron sus declaraciones anteriores.
“Ya llevamos seis años y no logramos justicia, ya cuando casi la vemos se cierra otra vez, porque los abogados de la defensa hicieron esto o lo otro (...) Todo mundo puede ser delincuente porque ellos sí tienen derechos”, dice con enojo el padre de Lupita y Javier, sus dos hijos asesinados.
La apelación basada en “psicología del testimonio”
El Ministerio Público, la asesora jurídica de víctimas y el representante de la Procuraduría de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes apelaron la sentencia absolutoria. Los señores Barajas Piña se adhirieron al recurso.
El 29 de noviembre de 2024, la Cuarta Sala Penal del Supremo Tribunal de Justicia de Guanajuato revocó la absolución y dictó sentencia condenatoria. El razonamiento fue técnico y político a la vez: la jueza de primer grado había cometido un error al tratar la retractación de los testigos como la versión válida, sin atender a las condiciones en que esa retractación ocurrió.
La Sala aplicó los principios de la psicología del testimonio. Señaló que la memoria no graba, sino que interpreta, y que la fiabilidad de un testimonio no puede medirse solo por lo que dice en juicio, sino por el contexto en que fue producido.
Consideró que Pedro, su madre y su hija habían distorsionado deliberadamente su dicho ante el tribunal, no por un cambio genuino en su recuerdo de los hechos, sino por miedo: vivían en el mismo barrio que los acusados, conocían el desenlace fatal de las víctimas, habían visto el desplazamiento forzado de los padres de la maestra Lupita, del asesinato de su hermano, y sabían en qué comunidad vivían.
La Sala revisó las videograbaciones de las audiencias. Señaló que la conducta de los testigos era evasiva y contradictoria de maneras específicas, y que la psicología del testimonio asocia con la distorsión deliberada, no con el olvido genuino.
Consideró que sus declaraciones ministeriales, recabadas en mayo y diciembre de 2020, meses después de los hechos pero antes de que comenzaran las presiones, eran coherentes, detalladas y concordantes entre sí, y las apoyó con la prueba circunstancial del caso para concluir que los cuatro acusados eran responsables.
El 16 de diciembre de 2024 se convocó la audiencia de individualización de sanciones. Sólo comparecieron dos: El Grillo y El Chore. Los otros dos, El Moreno y La Gringa, no se presentaron. Fueron declarados sustraídos de la acción de la justicia. Se giraron órdenes de aprehensión. Hasta la fecha, permanecen prófugos.
En manos de la Suprema
El 14 de abril de 2025, los señores Barajas Piña presentaron un amparo para defender la condena ante el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Decimosexto Circuito. El 18 de febrero de 2026, ese tribunal tomó una decisión que no resolvió el amparo, sino que lo envió hacia un nivel superior.
Por unanimidad de votos de sus tres magistrados, solicitó a la SCJN que ejerciera su facultad de atracción para conocer del caso. Las razones quedaron plasmadas en una resolución de más de 70 páginas.
El tribunal identificó una laguna jurídica sin precedente: la ley admite que si el acusado impide físicamente que un testigo llegue al juicio, sus declaraciones ministeriales pueden incorporarse como prueba. Pero no contempla qué ocurre cuando el testigo sí comparece.
“Este escenario ocurre cada vez con mayor frecuencia”, escribieron los magistrados en su resolución, “sobre todo en casos como el que nos ocupa, en que se tramita una acusación por un delito de los denominados de alto impacto, como lo es la desaparición cometida por particulares; en los que, además, es recurrente se alegue la incumbencia de miembros de la delincuencia organizada.”
El Tribunal señaló que la Suprema Corte había citado recientemente cifras oficiales que documentan al menos 133 mil 518 personas desaparecidas y no localizadas en el país. El caso de Salvatierra, describieron, pone de relieve que la desaparición de personas es una problemática estructural que ha afectado a cientos de miles de víctimas directas, a sus familiares y a la sociedad en conjunto.
Además, señalaron que uno de los tres quejosos del amparo, Carlos El Moreno, promovió el recurso estando prófugo de la justicia. Algo inaudito.
Hoy los profesores María del Tránsito y Francisco Javier, quienes desde hace años viven en desplazamiento forzado, padecen con tristeza y frustración cómo los testigos pueden cambiar de opinión.
“No es que no lo entienda, [pero] es que no debería de existir eso. Estas personas [los criminales] hacen todo lo que hacen porque se les permite. Las autoridades no pueden proteger a un testigo a través de un mecanismo de seguridad, y lo dejan para que lo coaccione la defensa de los delincuentes, es una falla tremenda de nuestros ministerios públicos y nuestra Fiscalía”, reclama la profesora María del Transito Piña.
La Suprema Corte tendrá que responder en las próximas semanas si ejercerá su facultad de atracción. Si lo hace, será la primera vez que el máximo tribunal del país resuelva directamente un caso surgido del hallazgo de una fosa clandestina en México.
(Fact checking: JRH)
ksh