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Comisión de Búsqueda de Personas erogará más de 24 mdp en infraestructura

De acuerdo al Convenio de Coordinación y Adhesión publicado en el POEH este 26 de julio, el recurso se entregará en la modalidad II, vertiente II.b., infraestructura para el fortalecimiento de las comisiones locales de búsqueda, y capacidades e infra

La Comisión Estatal de Búsqueda de Personas de Hidalgo dispondrá de 24 millones 342 mil 642.90 pesos para ser utilizados en su modalidad II, vertiente II.b. “Infraestructura para el fortalecimiento de las comisiones locales de búsqueda, y capacidades e infraestructura para acciones de búsqueda forense con fines de identificación humana”, enuncia el Convenio de Coordinación y Adhesión publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH) este 26 de julio.

El documento detalla que el recurso entregado por el gobierno federal será dispersado por la Secretaría de Hacienda de la entidad, en la cuenta bancaria específica, con característica de productiva, que permita la identificación de los recursos del subsidio transferido y de sus respectivos rendimientos financieros hasta su total aplicación, en términos de lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, en el entendido que el monto del subsidio deberá ser administrado en dicha cuenta durante todo el ejercicio fiscal, lo cual garantizará la transparencia y adecuado uso de los recursos públicos.

Sentencia, igualmente, que los recursos recibidos, se aplicarán única y exclusivamente para el cumplimiento del objeto del Convenio de Coordinación y Adhesión, es decir que no podrá destinarse a conceptos de gasto distintos a los contemplados en los lineamientos, así como en el documento; pues en caso de hacerlo podrán emitirse sanciones conforme a la norma establecida.

Finalmente, en lo que se refiere al incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas en los lineamientos y/o en el Convenio de Coordinación y Adhesión, se iniciará el procedimiento previsto en el artículo 38, en el cual ordenará: “el reintegro de los recursos que a la fecha de notificación del incumplimiento no hayan sido comprometidos, así como sus respectivos rendimientos financieros, en términos de la fracción II del artículo 33 y fracción; la entrega del acta de cierre de ejercicio por terminación anticipada de convenio, en términos de la Cláusula Décima Segunda del presente Convenio de Coordinación y Adhesión y los Lineamientos, y dará vista a la Auditoría Superior de la Federación y a la Contraloría Estatal o instancia homóloga en la Entidad Federativa, sin realizar trámite posterior alguno”, (sic).


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Teodoro Santos
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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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