La discusión por la Ley de Educación del Estado de Durango evidenció que la polarización en el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha comenzado a incidir directamente en las decisiones judiciales.
Durante la sesión de este miércoles, el máximo tribunal desechó —por una mayoría cerrada de cinco votos contra cuatro— el proyecto de la ministra Yasmín Esquivel Mossa, el cual proponía invalidar una fracción de esa ley que permite la figura de los llamados “maestros sombra” o auxiliares educativos especializados en el apoyo de alumnos con discapacidad en los centros escolares.
El proyecto planteaba que el Congreso local había omitido realizar la consulta previa a las personas con discapacidad, tal como lo exigen la Constitución y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, incluso señalado desde la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).
Sin embargo, el bloque mayoritario —encabezado por Lenia Batres Guadarrama, Hugo Aguilar Ortiz, Sara Irene Herrerías Guerra, Irvin Espinoza Betanzo y María Estela Ríos González— decidió no profundizar en el análisis de fondo de los conceptos de invalidez, limitándose a desestimar la acción.
De hecho, todos los ministros coincidieron en sus intervenciones en que la consulta es una obligación derivada de la Convención. Pero, al desechar el proyecto, el pleno decidió no pronunciarse sobre si la omisión de esa consulta era suficiente para invalidar la norma, dejando así la ley vigente y sin un precedente claro sobre las consecuencias jurídicas de ese incumplimiento.
La ministra ponente fue clara al sostener que son las propias personas con discapacidad, y no el legislador, quienes deben determinar si la norma satisface sus necesidades.
Así lo expresó textualmente: “Entonces, creo yo que son ellos los que nos tienen que determinar si esta norma cumple con la expectativa que ellos siempre han querido de tener profesores especializados, más allá que prestadores de servicio social, profesores especializados que atiendan a los niños que tienen alguna, niñas, niños y adolescentes que tengan alguna deficiencia eh con alguna discapacidad”, declaró en su oportunidad.
En la misma línea, la ministra Loretta Ortiz Ahl advirtió que legislar sin escuchar a los afectados es un acto paternalista que sustituye la voluntad de las personas, y subrayó que “ese es el costo de tener un país democrático”.
“No es lo que nosotros pensemos que es lo benéfico. No, tú consideras que es benéfico que sean los trabajadores del servicio social de psicología o de pedagogía,, pero son los especialistas, pueden decir otras personas… Y ese es el derecho que se tiene que garantizar: el derecho a la consulta”, aseveró.
El ministro Arístides Guerrero García secundó esta postura al calificar como asistencialista la decisión del legislador de no consultar, y enfatizó que son las personas con discapacidad quienes deben orientar al Poder Legislativo sobre qué norma les beneficia mejor.
“Termina traduciéndose en que lo haga el Poder Legislativo sin consulta en un modelo asistencialista y paternalista. El decirle cómo cree o considera el legislador que debe ser, cuando, en realidad, es al revés. Las personas con discapacidad pueden decirle al legislador cuál sería la norma que puede beneficiarles de mejor manera”, dijo en su intervención.
Frente a esta postura, el bloque que votó en contra del estudio de fondo sostuvo que invalidar la norma dejaría a los menores sin el acompañamiento que actualmente reciben.
Según la ministra Sara Irene Herrerías Guerra, quien reconoció que no hubo consulta, dijo que votar a favor perjudicaría a los jóvenes estudiantes.
“Creo que invalidar la norma implicaría que estas personas no estén acompañadas”, dijo. “En este caso, no se hizo la consulta, pero si se invalida la norma, entonces estas personas no van a tener ese acompañamiento. Por eso considero que no debe hacerse”.
La ministra María Estela Ríos González minimizó el impacto de la norma en las normas del colectivo, al señalar que se trata únicamente de un derecho otorgado a estudiantes de ciertas materias para realizar su servicio social, razón por la cual adelantó su voto en contra:
“Creo —y es mi convicción— que esta norma no impacta ni de manera positiva ni negativa en los derechos de las personas con discapacidad, sino que tiene que ver con un derecho que se está otorgando a los estudiantes de ciertas materias, para que puedan ejercer el servicio social en esas condiciones. Por esa razón, mi voto será en contra”, detalló.
Lenia Batrés no emitió opiniones, se limitó a desestimar el proyecto de la ministra Esquivel;
"Cuando se alcance una votación que no nos guste, pues volvamos a someterlo a consideración. Entonces, ya hay una votación. En este caso, ni siquiera procede retornarlo porque alcanzó una mayoría simple."
¿Cómo fue la votación?
El secretario del tribunal tomó la votación. Estuvieron a favor de desestimar el proyecto (5):
- Lenia Batres Guadarrama
- Hugo Aguilar Ortiz
- Sara Irene Herrerías Guerra
- Irvin Espinoza Betanzo
- María Estela Ríos González
Votaron a favor del estudio exhaustivo de los conceptos de invalidez (4):
- Yasmín Esquivel Mossa
- Loretta Ortiz Ahl
- Giovanni Figueroa Mejía
- Arístides Guerrero García
Con esta resolución, la Ley de Educación del Estado de Durango continúa en vigor y los “maestros sombra” seguirán operando en las aulas.
Sin embargo, el pleno de la SCJN perdió la oportunidad de sentar un precedente claro sobre las consecuencias jurídicas de omitir la consulta previa a las personas con discapacidad.
EHR