La bancada de Movimiento Ciudadano presentó ante la Comisión Permanente del Congreso de la Unión una iniciativa para derogar el impuesto especial de 8 por ciento a los videojuegos con contenido violento.
Aunque la presidenta Claudia Sheinbaum decretó un estímulo fiscal de cien por ciento para compensar dicho gravamen,el impuesto a los videojuegos continúa vigente , por lo que es necesario eliminarlo de manera formal, puntualizaron la diputada Iraís Reyes y el senador Luis Donaldo Colosio durante la exposición del proyecto.
Reyes subrayó la necesidad de restablecer la coherencia y la certeza jurídica del sistema fiscal.
“La presidenta usó los mismos argumentos que expresamos desde el inicio: que ese impuesto era inaplicable y tenía muchas deficiencias en su planteamiento técnico, pero no basta con que el Ejecutivo lo descarte o aplique un incentivo compensatorio; hay que hacer el trabajo legislativo correspondiente para que quede derogado y no haya sorpresas”, puntualizó.
Sostuvo que el impuesto especial del 8 por ciento carecía de evidencia que lo respaldara, pues, dijo, “no hay una relación causal comprobada entre los videojuegos considerados violentos y las conductas agresivas”.
El senador Colosio señaló, a su vez, la necesidad de eliminar el gravamen del marco fiscal vigente y recordó que no hubo un diagnóstico claro que avalara el “absurdo” impuesto.
“Ese impuesto se justificó bajo la premisa de que los videojuegos llamados violentos generan violencia en la vida real, pero no existe evidencia científica sólida que lo respalde. Este impuesto nació del prejuicio. Además, la redacción del impuesto era profundamente ambigua. Nunca quedó claro qué videojuegos estarían sujetos al gravamen”, indicó.
Insistió en que, aun cuando no se aplique en la práctica, el impuesto sigue existiendo en el orden jurídico, lo que genera un riesgo de incertidumbre y falta de claridad tanto para las personas contribuyentes como para el propio sistema fiscal.
La iniciativa de Movimiento Ciudadano prevé la derogación del inciso K de la fracción I del artículo 2 de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, así como los ajustes correspondientes en la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2026.
MO