La consejera jurídica de la Presidencia, Ernestina Godoy, destacó que la reforma a la Ley de Amparo mantendrá este recurso legal como escudo a la ciudadanía, pero —advirtió— no será más un refugio para evitar la justicia.
En la conferencia de prensa matutina en Palacio Nacional, la funcionaria subrayó que ampararse para ocultar delitos es sinónimo de impunidad.
“Quiero dejar muy claro que los derechos humanos se mantienen firmes y protegidos, como lo consagra la Constitución. Esta reforma no debilita el amparo; lo fortalece, lo mantiene como un escudo de la ciudadanía, pero ya no como un refugio para quienes buscan evitar la justicia”.
“Ampararse para defender derechos es justicia, ampararse para ocultar delitos es impunidad. Y para la debida aplicación de la Ley de Amparo es necesario modificar: el Código Fiscal de la Federación y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa”, explicó.
Desde el Salón Tesorería, Godoy Ramos detalló que con esta reforma se establecerán plazos y términos para una justicia pronta, en donde las normas actuales no están previstas.
“Se establece una parte importante de justicia digital, se incorpora en el desarrollo de un juicio de amparo verdaderamente digital, con plena validez legal, operatividad práctica, sin que ello sustituya la procedencia documentada del procedimiento; se va a seguir atendiendo también lo documental, pero hay obligación ya de digitalizar”.
La consejera jurídica agregó que, respecto al cumplimiento y ejecución de sentencias, los juzgadores deben señalar con claridad quién debe cumplir la sentencia y qué le toca hacer, para que no haya pretextos por parte de las autoridades y se respete el derecho de la persona.
“La suspensión del acto reclamado se fortalece con la metodología y requisitos de aplicación que deben tomar en cuenta las personas juzgadoras. En materia de suspensión, también la reforma plantea que no se afecte el sistema financiero —todo eso lo tienen que ver los juzgadores— ni la economía nacional, cuando se tenga que conceder dicha medida”.
La funcionaria explicó que se establecerán reglas claras para la procedencia de la suspensión provisional y definitiva, que son dos momentos:
“En materia de congelamiento de cuentas, en todo caso, el órgano jurisdiccional dejará a salvo los recursos necesarios para el pago de obligaciones laborales, fiscales y alimentarias, y asegurar la subsistencia de la persona física y de acreedores alimentarios”.
“En el caso de los Créditos Fiscales Firmes, la iniciativa propone, a fin de ser eficiente y expedita, la actuación de la autoridad ya para el cobro de ese Crédito Fiscal Firme, que sea a través del amparo, puede impugnarse hasta determinado momento de todo el proceso que se establece en el Código Fiscal, y se establecen reglas muy claras para que se pueda otorgar en algún momento la suspensión de los actos de cobro bajo la condición de que se otorgue una garantía”.
Reforma no limita el acceso a defensa de los mexicanos: Zaldívar
En tanto, el coordinador general de Política y Gobierno de la Presidencia, Arturo Zaldívar, aseguró que es falso que esta reforma sea regresiva y busque limitar el acceso a defensa de los mexicanos.
“Se busca hacer un juicio de amparo más ágil, más eficaz, tecnológico, donde haya una justicia digital”.
Zaldívar Lelo de Larrea explicó que hay dos aspectos fundamentales que han sido criticados: el primero, que “se está limitando el amparo porque se está modificando el interés legítimo”, es decir, ya no van a poderse defender a través del amparo derechos como los ambientales.
“Esto no es así. La iniciativa lo único que hace es describir los elementos de esta figura, el interés legítimo, tomando la jurisprudencia obligatoria del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, es decir, aclarar la figura para que sea más fácil su aplicación”.
“Ni se limita, ni se restringe, ni se dificulta el acceso al amparo, esto es muy importante tenerlo presente”, remarcó.
El ministro en retiro añadió que también ha hecho ruido el tema de que no proceda la suspensión, por ejemplo, al tratarse del bloqueo ordenado por la UIF a cuentas bancarias.
“La historia del amparo ha sido siempre un ejercicio de equilibrio entre una adecuada defensa de los derechos de las personas y la no afectación del interés público, y el interés social a través de la figura de la suspensión”.
“Tradicionalmente, las leyes de amparo se han venido modificando cuando hay abusos en ciertos sectores, por parte de personas que están utilizando la figura para violar la ley”.
"Por ejemplo, hubo una época en México en que todos los centros de vicio, los que entonces se llamaban 'giros negros' operaban con una suspensión de amparo”.
IYC