La magistrada Janine Otálora propuso al Tribunal Electoral concluir que los presidentes del Congreso de la Unión excedieron sus facultades al exigir al INE la cancelación de candidaturas judiciales, violaron los límites que les impuso la Constitución, incurrieron en intromisiones indebidas en la elección con acusaciones sin pruebas que afectó a personas concretas en plenas campañas.
El proyecto que la magistrada circuló a sus pares de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que se votará este miércoles en sesión pública y del que MILENIO tiene una copia, le da la razón a la jueza Karina Almada Rábago, quien acusa difamaciones en su contra y afectaciones en la contienda por el actuar de Gerardo Fernández Noroña y Sergio Gutiérrez Luna quienes la acusaron de presuntos nexos criminales.

“Los funcionarios públicos responsables indebidamente se valieron de su cargo para fijar un posicionamiento en detrimento de la participación de candidatas y candidatos en la elección, lo cual se encuentra prohibido por el texto constitucional”, concluye el proyecto.
Almada Rábago, acusada de ser abogada de 'narco'
Karina Almada Rábago forma parte de la lista de candidaturas que los presidentes del Senado y de la Cámara de Diputados pidieron al INE que se cancelaran en plena campaña.
En este caso, fue acusada de haber sido abogada de un narcotraficante del Cártel de Sinaloa, además de que el ex presidente Andrés Manuel López Obrador la exhibió en sus conferencias mañaneras en el sexenio pasado, por haber emitido una resolución que benefició al ex director de Seguridad Regional de la extinta Policía Federal, Luis Cárdenas Palomino, al desechar las pruebas en su contra por el caso Rápido y Furioso.
En su demanda, la jueza expuso que “pese a fue obligada a participar en la elección con un pase automático, ahora pretenden cancelar su candidatura con señalamientos falsos que, aunque legalmente no procedan, sirven de campaña de desprestigio”, y acusa a Gutiérrez Luna y Fernández Noroña de afectar sus derechos electorales y su imagen, y exige que se le conceda una disculpa pública.
El presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Gutiérrez Luna, intentó frenar este juicio alegando que la actora carecía de interés jurídico, que en nada se atenta contra su derecho a ser votada y que es improcedente su petición porque lo que se dijo sobre su perfil fue en un diálogo interinstitucional con el INE, pero sus alegatos no fueron procedentes.
Bajo protesta de decir verdad, la jueza manifestó que nunca ha ejercido como abogada defensora y mucho menos, ha defendido a personas ligadas a grupos delictivos, pues la averiguación a la que se refiere es de 2013 y ella es parte del Poder Judicial desde 2007 y quienes son servidoras públicas están impedidas para fungir como defensoras o asesoras jurídicas.
En su proyecto, la magistrada Janine Otálora concluyó que lo procedente es revocar las solicitudes que presentaron los presidentes de las Cámaras del Congreso de la Unión y dejar insubsistentes los actos que derivaron de ellas, porque:
“Ningún marco normativo faculta a las presidencias de las Cámaras del Congreso a presentar solicitudes de cancelación de candidaturas y además, y estas autoridades tienen expresamente prohibido por la Constitución intervenir en la contienda electoral para posicionarse a favor o en contra de una candidatura”.
Señala que no se trató de una solicitud ciudadana, sino que lo hicieron como servidores públicos al firmar su petición ostentándose como presidentes de las cámaras, con lo que excedieron sus facultades y los límites que les impone la Constitución para no intervenir en la elección judicial una vez que el INE toma la lista de candidaturas.
Magistrada rechaza violencia de género contra jueza
Otálora Malassis expone que “en en principio, ninguna de las presidencias de las cámaras del Congreso de la Unión tiene atribuciones para formular solicitudes de esa naturaleza a la autoridad electoral nacional”, que “no existe fundamento constitucional o legal alguno que permita a las personas que detenten las presidencias de sus respectivas mesas directivas, el solicitar al INE la cancelación de una de las candidaturas previamente aprobadas”.
Agrega que la petición de los morenistas “constituye una intromisión indebida por parte de servidores públicos en el desarrollo de la elección” fuera de toda ley y de la propia Constitución.
“En efecto, actuando en exceso de facultades, y en representación de las cámaras del Congreso de la Unión, los presidentes de las mesas directivas respectivas formularon peticiones en las que, como antes quedó evidenciado, sin tener facultad alguna para calificar los perfiles e idoneidad de las candidaturas aprobadas previamente por los propios Poderes de la Unión, solicitaron su cancelación por considerar, motu proprio, que no satisfacen los requisitos de elegibilidad”.
Por lo que propone revocar las peticiones de Gutiérrez Luna y Fernández Noroña y dejar parcialmente insubsistente el acuerdo del INE con el que se les dio respuesta.
La magistrada Otálora rechaza que se haya ejercido violencia política de género en contra de esta jueza, pues concluye que “los cuestionamientos no se basaron en el género de la actora o en poner en duda sus capacidades por el hecho de ser mujer, más bien se enfocaron en una presunta representación legal de una persona señalada como perteneciente a un cártel delincuencial”.
Este asunto se debatirá en la Sala Superior este miércoles en la sesión pública y requerirá el respaldo de al menos dos de sus pares para tener mayoría y se deberá abordar si de aprobarse, implica o no una disculpa pública o abre paso a otro procedimiento para que solicite esta reparación por un posible daño.

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