La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) abrió la puerta para que las asociaciones civiles que defienden derechos humanos puedan promover amparos a favor de las personas que representan, ya que sí tienen interés legítimo.
Siete ministros se pronunciaron a favor de amparar a la asociación 'México Igualitario Derribando las Barreras', la cual solicitó declarar la inconstitucionalidad de diversos artículos del Código Civil del estado y de la Ley de Ingresos.
Dicha petición, se dio debido que son considerados contrarios a los derechos al libre desarrollo de la personalidad y de identidad de género, al imponer requisitos indebidos para solicitar la modificación de actas de nacimiento por adecuación de la identidad de género.
El debate se centró en las recientes reformas a la Ley de Amparo que han acotado el actuar de las asociaciones.
Por su parte, Giovanni Figueroa Mejía, ministro ponente, dijo que la Corte está empezando a enfrentar casos en los cuales es necesario analizar el justo alcance de los límites que el órgano revisor de la Constitución ha ido incorporando en los últimos años al juicio de amparo.
“Frente a este reto, me parece que, como intérpretes últimos de nuestra Constitución, no podemos evadir el imperativo de rango constitucional, así como dejar de promover y garantizar los derechos humanos, favoreciendo en todo momento a las personas con aquello que los proteja de manera más amplia", explicó Figueroa.
“Por lo anterior, y porque me tomo muy enserio los derechos humanos, así como los derechos de las personas que históricamente han sido discriminadas, es que sostengo la propuesta de sentencia”, declaró.
Por otro lado, la ministra Loretta Ortiz Ahfl recordó que el interés legítimo se restringió más con la reforma de octubre pasado, puesto que ya no se puede hacer distinción de derechos individuales y derechos colectivos.
"Yo estoy de acuerdo con el ministro Irving Espinosa; en esto hemos tenido muchísimos debates, es una cuestión de suma importancia porque en esa medida se abre o se cierra la protección de derechos humanos", argumentó.
“Lo que quiero recalcar es el amparo, pues es el único medio que tienen las personas para exigir la protección de sus derechos humanos y hay que tomar en cuenta que, en muchos casos, las personas acuden a asociaciones porque ellos de no pueden por sí mismos pagarse un abogado o tener derecho al reclamo de sus derechos”, señaló.
Al respecto, el presidente de la Corte, Hugo Aguilar Ortiz, puntualizó que no pueden ignorar aquellas situaciones en las hay derechos humanos en juego, recordando que la reforma a Ley de Amparo no deroga el interés legítimo de las personas morales.
“El efecto está muy claro, no va a proteger a la asociación, sino a las personas que estén representadas legalmente, jurídicamente o que estén en su acta constitutiva”, indicó Aguilar Ortiz.
Ministro declara apoyo a comunidad LGBTIQ
En tanto, el ministro Arístides Guerrero García mencionó que, en este asunto, la asociación está impulsando precisamente el reconocimiento de derechos, así como acciones para erradicar la discriminación.
“La norma impugnada en Aguascalientes señala que, una vez que se rectifique el acta de nacimiento, se debe señalar el nombre que existía previamente y eso genera una vulneración a la protección de datos personales y discriminación", comentó el ministro.
"Hoy en día la Corte, atendiendo el principio de progresividad, debe atender los derechos de los grupos en situación de vulnerabilidad, en este caso en concreto de la comunidad LGBTIQ+”, declaró.
Mientras tanto, las ministras que votaron en contra fueron:
- María Estela Ríos González
- Lenia Batres Guadarrama
El amparo únicamente beneficiará a las personas que, hasta el día de hoy, fueron representadas por la asociación y que exigieron una sentencia judicial para poder tramitar su acta de nacimiento con cambio de género.
Cabe señalar que, la ministra Yasmín Esquivel Mossa adelantó que próximamente se emitirá la declaratoria general de inconstitucionalidad de los artículos impugnados en este asunto, es decir, para que sean expulsados del orden jurídico nacional.
AG