Comunidad

Comisionados del IACIP en Guanajuato se aumentan el sueldo antes de que desaparezca el órgano de transparencia

En fast track y sin consultar al Comité de Estructuración Salarial, los comisionados del IACIP en Guanajuato se aprobaron un aumento de más de 18 mil pesos mensuales.

En fast track y sin realizar movimientos compensados ni consultar al Comité de Estructuración Salarial de la Secretaría de Finanzas, como lo establece la ley, los tres comisionados del Instituto de Acceso a la Información Pública para el Estado de Guanajuato (IACIP), presidido por Mariela Huerta Guerrero, se aprobaron una retabulación de puesto que implicó un incremento salarial de más de 18 mil pesos mensuales para cada uno.

Esto ocurrió justo mientras, a nivel nacional, los legisladores discutían la iniciativa presidencial para desaparecer tanto el órgano federal como los estatales en materia de transparencia.

En una sesión celebrada el 3 de abril de 2024, dos meses después de que el expresidente López Obrador presentó su propuesta para eliminar los órganos autónomos en materia de transparencia, los tres comisionados del IACIP sesionaron y, en el punto de asuntos generales, sin discusión, aprobaron en cuestión de minutos una retabulación de puesto que los hizo pasar del nivel 16 al nivel 17. Así quedó asentado en la versión estenográfica de la sesión, de la cual MILENIO tiene copia.

Dicha modificación representó un incremento salarial mensual de 18 mil 419 pesos para cada uno. Los salarios brutos mensuales de los tres comisionados, Mariela Huerta Guerrero, Juan Sámano Gómez y Francisco Antonio Rocha Pedraza, pasaron de 119 mil 720 pesos a inicios de 2024, a 138 mil 139 pesos a partir de abril de ese mismo año, lo que representa un aumento del 15.38%. En dicha sesión, únicamente se retabularon sus puestos.

Dado que en noviembre de 2024 se aprobó la reforma constitucional que ordena la desaparición de los organismos autónomos en materia de transparencia, el aumento salarial otorgado por los propios comisionados también impactará directamente en el monto que recibirán por concepto de liquidación, ya que, al tener un sueldo mayor, también aumentará su compensación al dejar el cargo.

De acuerdo con los documentos obtenidos por MILENIO mediante la solicitud de acceso a la información con folio 110199800022125, la directora de Administración del IACIP, Norma Kim Miranda, justificó la solicitud de incremento señalando que en Guanajuato los titulares de otros organismos autónomos ganan más que los comisionados. Incluso comparó su labor con la realizada por la persona titular de la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato (PRODHEG), así como con la de magistrados del Tribunal Estatal Electoral y del Tribunal de Justicia Administrativa.

No obstante, tras revisar la documentación entregada, no se advierte que se haya realizado un estudio técnico sobre funciones y atribuciones que justifique dicha equiparación de plazas. Tampoco se explica en qué medida sus responsabilidades son equivalentes a las de magistrados o al titular de la PRODHEG.

Cabe destacar que el oficio de solicitud de retabulación de plazas aprobado por el pleno del IACIP se basa únicamente en los artículos 5, 6 y 7, fracción I, de los Lineamientos Generales para la Administración de Recursos Humanos del IACIP, los cuales describen el procedimiento para solicitar una retabulación, pero no contemplan el cumplimiento de lo estipulado en la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato.

Dicha ley, en su artículo 2°, establece que los organismos autónomos son sujetos de la misma. Además, el artículo 90, tercer párrafo, señala que las renivelaciones de puestos solo pueden realizarse mediante movimientos compensados, condición que no se cumplió en este caso.

Por su parte, el artículo 80, fracciones II y III, indica que corresponde al Comité de Estructuración Salarial detectar puestos análogos entre poderes y organismos autónomos para homologar remuneraciones y considerar el nivel de rezago salarial. Sin embargo, en los documentos obtenidos mediante solicitudes de transparencia, no se acredita que se haya cumplido con estos criterios, ni que existiera dictamen, criterio técnico o recomendación alguna emitida por dicho Comité.

De igual forma, no se advierte que se haya observado lo establecido en la Ley del Presupuesto General de Egresos del Estado de Guanajuato para el ejercicio fiscal 2024, cuyo artículo 21 estipula que la determinación de incrementos salariales y remuneraciones deberá sujetarse a los criterios del Comité de Estructuración Salarial, conforme a los artículos 79, 80 y 83 de la ley antes mencionada.

Asimismo, el artículo 77 de esta ley señala que los servidores públicos responsables de funciones de gobierno o dirección en organismos autónomos, así como quienes autoricen, afecten o ejerzan asignaciones presupuestales, serán responsables del control y del uso correcto de los recursos públicos. Añade que deberán ejercer el presupuesto con estricto apego a la ley y a los principios del gasto público, lo que, en este caso, no ocurrió.

Este caso, sumado al registrado semanas atrás, cuando se revelaron modificaciones al sistema de bonificaciones mediante la controvertida “Gratificación por Fidelidad” aprobada por el exfiscal general de Guanajuato, Carlos Zamarripa, ha puesto en el centro del debate la necesidad de revisar si este tipo de organismos están abusando de la autonomía que les permite autorizar decisiones de esta índole.


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Wendoline Adame
  • Wendoline Adame
  • Licenciada en Ciencia Política y maestra en Dirección de la Comunicación. Escribo sobre Política, Gobierno y Sociedad.
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