La Comisión Nacional de Honestidad y Justicia (CNHJ) de Morena citó a audiencia a Sergio Mayer como parte del proceso que abrió el órgano interno del partido, luego de que pidiera licencia como diputado federal para participar en el reality show La Casa de los Famosos.
La comisión continuó con el desahogo del proceso interno en contra de Mayer Bretón, asentado en el expediente CNHJ-CM-068/2026, en el que se notificó desde el 25 de febrero mediante los estrados de la CNHJ luego de que, “no fue posible localizar un domicilio cierto para practicar la notificación personal” y que a partir de dicha fecha se separó de sus funciones.
“En consecuencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 60, inciso b), y 61 del estatuto de Morena, así como el artículo 12, inciso c), del Reglamento de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia, la notificación se realizó por estrados de este órgano jurisdiccional, la cual surte efectos de notificación personal y se considera legalmente válida”, indicó.
Asimismo, la comisión subrayó que hasta la fecha no se ha recibido un escrito de contestación por parte de Mayer.
Por lo que citó a audiencia presencial en las oficinas del partido ubicadas en la colonia Juárez para el martes 17 de marzo, donde Mayer deberá comparecer.
“La audiencia estatutaria en modalidad presencial se celebrará el día 17 de marzo de 2026 a las 11:00 horas, en la sede de este órgano partidario”, puntualizó.
La comisión también señaló que se puede diferir en una sola ocasión “siempre que la parte correspondiente acredite causa justificada derivada de caso fortuito o fuerza mayor, mediante escrito debidamente fundado y motivado”.
Y en caso de que el diputado federal con licencia no comparezca “se le tendrá por confeso respecto de todas y cada una de las posiciones que previamente hayan sido calificadas de legales por esta Comisión Nacional de Honestidad y Justicia”.
Procedimiento vs Mayer
El 24 de febrero, la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena emitió un acuerdo de prevención de oficio en contra de Sergio Mayer Bretón, luego de que pidiera licencia como diputado federal para participar en el reality show La Casa de los Famosos, lo cual consideró “puede constituir una conducta contraria a la de cuidar el interés colectivo, al generar la percepción de que el mandato conferido por la ciudadanía puede subordinarse a proyectos individuales”.
Dentro del expediente CNHJ-CM-068/2026, el órgano interno morenista estableció que dicha conducta “violentó el estatuto del partido y el lineamiento para el comportamiento ético que deben tener las personas representantes servidoras públicas, protagonistas del cambio verdadero y militantes de Morena”.
Señaló que con el caso hay una “afectación a la imagen del partido y generan confusión entre la militancia y la ciudadanía respecto de la congruencia entre los principios que constituyen a Morena y el actuar de sus representantes”, además de que “podría generar una percepción pública de tolerancia o aquiescencia frente a conductas presuntamente contrarias a nuestros principios y valores, con el consecuente riesgo de producir daños de difícil o imposible reparación a la imagen, credibilidad y cohesión interna del instituto político”.
“En ese sentido, la adopción de medidas cautelares por parte de esta comisión es una restricción provisional, razonable y proporcional de determinados derechos, orientada a preservar los principios, valores y bienes jurídicos tutelados por los documentos básicos de Morena, así como a garantizar el adecuado funcionamiento del partido durante la tramitación del procedimiento, en estricto apego al principio de legalidad”, subrayó.
Por lo que procedió a suspender los derechos partidarios de Sergio Mayer.
Derechos suspendidos
De acuerdo con el reglamento de la CNHJ de Morena, la suspensión de derechos consiste en la “pérdida temporal de cualquiera de los derechos partidarios, lo que implica la imposibilidad jurídica y material de ejercer, dentro de Morena, uno o más de los derechos contemplados en el artículo 5º y demás contenidos en el estatuto. Los plazos de suspensión de derechos podrán ir desde seis meses hasta tres años, debiendo considerarse la gravedad de la falta”.
Aunque en el caso de Mayer Bretón se estableció que la pérdida de sus derechos internos será en tanto se resuelve el caso.
Según el estatuto de Morena, dentro de los derechos que le fueron suspendidos se encuentra “formar parte de un Comité de Protagonistas y contribuir activamente en la lucha de morena para lograr la transformación de nuestro país”, además de que no podrá colaborar y participar en las actividades de formación política en todas sus expresiones, ni participar en las asambleas de Morena e integrar y/o nombrar en su caso a sus representantes en los congresos, consejos y órganos ejecutivos.
En dicho apartado también considera los derechos incluídos en el artículo 40 de la Ley General de Partidos Políticos, por lo que Mayer tampoco podrá momentáneamente postularse dentro de los procesos internos de selección de candidatos a cargos de representación popular, impugnar ante el tribunal o los tribunales electorales locales las resoluciones y decisiones de los órganos internos que afecten sus derechos político-electorales, y refrendar, en su caso, o renunciar a su condición de militante.
IOGE