Política

CNDH descarta participación del Ejército en la desaparición de 43 normalistas de Ayotzinapa

La Comisión de Derechos Humanos advirtió que señalar a elementos del Ejército debilitó investigaciones contra policías municipales en el caso Ayotzinapa.

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La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) cuestionó la hipótesis que colocó al Ejército como actor central en la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa y sostuvo que esa línea debilitó investigaciones contra policías municipales, autoridades locales y el grupo criminal Guerreros Unidos.

En su nueva Recomendación 208VG/2026, de 867 páginas, el organismo afirmó que no existen elementos para sostener que el caso Iguala corresponda a una desaparición forzada masiva ejecutada por militares o una operación de represión política contra estudiantes.

La CNDH aseguró que esa narrativa fue impulsada en distintas etapas de la investigación, pero no fue acreditada con pruebas suficientes.

Por lo que en esa nueva Recomendación destaca que, pese a su exhaustiva investigación, no ha podido acreditar la participación directa de ningún elemento del Ejército en los actos de violencia y, en específico, en la desaparición de los 43 estudiantes normalistas originalmente.

"Mucho menos como ha quedado dicho, la existencia de un plan específicamente diseñado para hostigar y eliminar a los estudiantes de la Normal de Ayotzinapa", puntualizó.

Aunque consideró indispensable concluir la investigación sobre una posible complicidad de mandos militares –pero considerándolos como personas individuales– con el grupo criminal de Guerreros Unidos, ya que la última información de que disponía la Fiscalía General de la República (FGR) y por tanto, que pudo ser consultada, data de septiembre de 2025.

En esa fecha, especificó la CNDH, las investigaciones iniciadas en contra de cuatro integrantes del Ejército, por el delito de delincuencia organizada se encontraban en etapa de integración. En tanto, los procesos contra 17 elementos por los delitos de delincuencia organizada, desaparición forzada de personas, homicidio calificado y tentativa de homicidio, estaban en etapa de instrucción.

Testimonios, de testigos protegidos

Hasta ahora, advierte el organismo de derechos humanos, las acusaciones contra los elementos de la Defensa provienen de testimonios de testigos protegidos y que, además, fueron miembros de Guerreros Unidos, así como de conversaciones sustraídas de celulares y que quedaron publicadas en el Primer Informe de la Comisión para la Verdad del caso Ayotzinapa (CoVAJ), que luego fueron invalidadas por numerosos actores.

Refiere además que, de acuerdo con testimonios de estudiantes sobrevivientes el día de los hechos, cuando algunos normalistas bajaron del primer autobús, policías municipales de Iguala y de Huitzuco los recibieron a golpes, los sometieron, los esposaron y los tiraron al piso boca abajo.

La CNDH sostiene además que está documentada la presencia en algunos puntos del recorrido de los autobuses, donde hubo disparos y violencia por parte de elementos de la Policía Estatal y de la Policía Federal.

Al referirse a quién o quiénes dieron la orden de desaparecer a los estudiantes, esta Recomendación da a entender la responsabilidad de dirigentes de Guerreros Unidos en colusión con autoridades locales.

Para lo que incluso trae a colación que el Primer Informe refiere a un mensaje entre dos mujeres, Yaza y Karen, quien aseguró que su papá estaba "muy enojado", por lo que habría ordenado recuperar su mercancía y eliminar a todos a discreción.

'El Patrón', presunto responsable de la desaparición de los normalistas

Mientras que en un mensaje posterior a ese, la misma mujer de nombre Karen en un mensaje que sostuvo con la esposa de El Pollo, mencionó dicha acción.

"El viejo ARI-36, muy chingón, que le dijo al Negro: 'Mátalos a todos, Iguala es mío'", cita sobre el referido mensaje.

Menciona, asimismo, a El Patrón, en referencia al exgobernador Rubén Figueroa Alcocer, y a quien se señala como el principal instigador de los hechos que dieron lugar a la desaparición de los normalistas.

De acuerdo con policías de Iguala, los estudiantes serían llevados a Huitzuco para que El Patrón decidiera qué hacer con ellos.

“Los policías de Iguala los habrían llevado a Loma de Coyotes para trasladarlos a la comunidad de Tianquizolco, plaza de Pedro Baylón Díaz, alias El Zorro, suegro de ARC-1 78; y los policías de Huitzuco, a ese municipio, para que El Patrón decidiera su destino”, indica la Recomendación con base en Ayotzinapa: Narrativa de Hechos de Acuerdo con la Investigación Realizada, publicada por el gobierno de México en septiembre de 2023.

Mientras tanto, asegura que la versión acusatoria contra el Ejército provino, por una parte, del entonces abogado de una parte de madres y padres pertenecientes al Centro “Tlachinollan”, Vidulfo Rosales Sierra.

“El principal instigador fue el Ejército y, por lo tanto, el responsable es el Estado”.

Así como de Felipe de la Cruz, vocero de otro grupo de madres y padres de los normalistas desaparecidos, quien aseguró la existencia de imágenes en las que se ve a militares violentando a los normalistas.

“Hay videos de que fueron uniformados, fueron patrullas del Ejército participando de manera directa”, según indica una respuesta del vocero en marzo de 2019 durante las investigaciones realizadas por organismos internacionales.

Es aquí en donde la CNDH cuestiona la parcialidad en la narrativa del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI), perteneciente a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), al reprocharle que nunca enfatizó sobre el tema de la identidad de El Patrón.

“Ni siquiera es tema recurrente en sus informes, e incluso recogió en su Sexto Informe un episodio ya relatado, la detención del Chofer 2, y lo interpreta de esta manera, confundiendo a El Patrón como si el Chofer 2 hubiera tenido contacto con él, cosa que no es cierta”, le recrimina.

Al tiempo que le reprocha darle crédito a la declaración de un policía que atribuyó la responsabilidad de los hechos al Ejército, al asegurar que ese uniformado era parte de Guerreros Unidos, lo que le resta credibilidad a sus dichos.

Lo anterior, entre otros argumentos de ese organismo para determinar que, de haberse producido una responsabilidad por parte del Ejército, éste hubiera infringido la ley, lo cual es imposible que hubiera sucedido.

“De haberse producido, hubiera sido en contravención de las disposiciones legales vigentes en ese tiempo, toda vez que los elementos de la Defensa carecían de facultades para intervenir en una situación que ya estaba siendo atendida por la autoridad civil con atribuciones jurídicas para ello, como sucedía hasta ese entonces, cada que se suscitaban hechos similares”.
“De tal suerte que, de considerarse la existencia de una conducta por acción o por omisión, como delito 723, ésta toca establecerla a la autoridad jurisdiccional en la investigación que lleva a cabo actualmente, pero tendría que establecerse a partir del texto del Artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tal y como estaba vigente en 2014”, establece la Recomendación.

Adicionalmente, cita el organismo, algunas disposiciones vigentes en ese tiempo delimitaban la actuación de los militares y la conducta que debían observar en estos casos.

Incluso, argumenta que los elementos militares serían incapaces de faltar al Artículo 129 Constitucional, que refiere a que, en tiempos de paz, no pueden efectuarse funciones fuera de las normas que regulan la conducta de los miembros de las Fuerzas Armadas.

“En tiempo de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar”, indica el citado artículo.

E incluso, en el mismo sentido, refiere a una cita del abogado constitucionalista Daniel Torres Checa, que menciona que si los tiempos no son de guerra, los militares deben permanecer acuartelados.

“En principio y mientras no exista una declaración formal de guerra, las autoridades militares deben permanecer en sus cuarteles, pues están constitucionalmente impedidas para realizar labores de seguridad pública”.

EHR

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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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