El delito de violación equiparada aumentó 42 por ciento entre enero y noviembre de 2025 en el Estado de México, según datos del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SNSP); este incremento se registró pese a que, en 2024, en términos generales, la mayoría de los delitos sexuales mostraron una reducción.
Las cifras federales, integradas con base en los reportes mensuales de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México al SNSP, indican que de enero a noviembre de 2024 se iniciaron 518 carpetas, para el mismo periodo de 2025 la cifra ascendió a 740.
Aunque el balance general delictivo muestra descensos en la mayoría de los ilícitos, algunos presentaron incrementos durante 2025; además de la violación equiparada, el narcomenudeo pasó de 2 mil 387 a 3 mil 339 carpetas, mientras que el despojo subió de 4 mil 706 a 5 mil 526 casos; estos delitos concentraron los principales aumentos registrados en el periodo; aún pendiente diciembre.
En lo general, los delitos contra la libertad y la seguridad sexual registraron una reducción de 9 por ciento en la entidad; durante 2024 se contabilizaron 10 mil 988 carpetas, cifra que descendió a 9 mil 990 en 2025, de enero a noviembre.
El desglose de estos ilícitos muestra que en 2025 se asentaron 4 mil 495 registros por abuso sexual, lo que significa una baja de 3%; 2 mil 644 por acoso, descendió 17%; 142 por hostigamiento, también un descenso de 17%, y mil 912 por violación simple, 27% menos. La violación equiparada fue el único delito del rubro con un incremento relevante.
A nivel nacional, de enero a noviembre se documentaron 5 mil 710 casos; Ciudad de México concentró mil 340 casos; el estado, 740; en tercer lugar, se ubicó Nuevo León, 457, y posteriormente Hidalgo, 389. Los datos reflejan que la mayor incidencia se concentró en entidades del centro del país.
Las cifras corresponden a carpetas de enero a noviembre de 2025; los datos anuales se completarán una vez que se integren los registros de diciembre.
Legislación
El Código Penal estatal establece que la violación se da cuando existe cópula sin consentimiento mediante violencia física o moral; también contempla supuestos en los que se equipara a la violación, como cuando la víctima no puede defenderse por su condición o por ser menor de 15 años.
En estos casos se aplican las mismas sanciones previstas para la violación: prisión y multa. Es de mencionar que la ley distingue entre violación simple y violación equiparada de acuerdo con las circunstancias específicas del hecho.