Durante la actual administración estatal, de octubre del año 2021 a septiembre del 2025, se registraron en Nuevo León 3 mil 194 delitos por acoso sexual, para una media de 66.54 mensuales, en esos 48 meses.
Destacar, además, que este delito presenta este año un aumento del 11 por cierto, en comparación con el año pasado, al pasar de 554 a 615 en los primeros nueve meses de cada uno de esos años.
Con respecto al total de casos en este sexenio, las estadísticas de la incidencia delictiva de la Fiscalía General de Justicia estatal muestran que de octubre a diciembre del año 2021 sumaron 155 carpetas de investigación por acoso sexual.
Luego, señala la autoridad, en el año 2022 se tuvo un acumulado de 860 denuncias que derivaron en averiguaciones previas, y en el año 2023 un total de 821.
Mientras que en el año 2024 la cifra de delitos por acoso sexual cerró en 743, y en nueve meses de este año un total de 615.
De ese número de casos en el 2025, precisó la Fiscalía, 50 fueron en enero, 60 en febrero, 87 en marzo, 93 en abril, 67 en mayo, 72 en junio, 60 en julio, 54 en agosto y 72 en septiembre.
Es decir que en el mes recién concluido se tuvo un alza del 33.33 por ciento versus el mes de agosto, al subir de 54 a 72.
De acuerdo con el artículo 271 bis 2 del Código Penal para el estado de Nuevo León, "comete el delito de acoso sexual quien por cualquier medio, asedie, acose, se exprese de manera verbal o física de términos, conceptos, señas, imágenes que tengan connotación sexual, lasciva o de exhibicionismo corporal o se aproveche de cualquier circunstancia de necesidad o desventaja de la víctima, a una o más personas de cualquier sexo, sin que la víctima haya otorgado su consentimiento, se le impondrá una pena de dos a cuatro años de prisión y multa hasta de cincuenta cuotas.
"Si el pasivo del delito fuera menor de edad o persona que no tenga la capacidad para comprender el significado del hecho o de resistirlo, o bien si la conducta del acosador fuera por razones de violencia en contra de la mujer en términos de la fracción III del artículo 6 de la Ley de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia la pena se incrementará un tercio".
De igual forma, un aumento de un tercio en la pena si el delito lo comete un servidor público, al cual además se le sustituirá del cargo.
Y, hasta una mitad más en la pena si el delito se comete en instalaciones o vehículos destinados al transporte público.

grt