Los accidentes de motocicleta se han convertido en una emergencia en el Estado de México, donde se registran hasta 10 defunciones diarias, de acuerdo con datos expuestos por representantes del sector.
En ese sentido, Hermas Motos, empresa certificadora, señala que la dimensión del problema también se refleja en los hospitales, ya que hasta 80% de las camas de urgencias están ocupadas por personas lesionadas en accidentes de moto.
Incluso, uno de los aspectos que más preocupa a esta compañía es la alta incidencia de menores de edad involucrados en estos percances.
Ante ese panorama, para otorgar las licencias de motociclista se contempla la acreditación de un examen teórico y un examen práctico aplicado por la Secretaría de Movilidad.
De esta manera, señaló que la legislación estatal no exige una prueba práctica de manejo para obtener por primera vez una licencia de automovilista o chofer, “pero es muy diferente con lo que ocurre en las licencias para motociclistas”.
Abundó que quienes desean tramitar el documento deben obtener un Certificado Estándar de Competencias EC1631 "Conducción de Motocicleta", emitido por el Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencia Laboral (Conocer).
El nuevo Reglamento de Tránsito del Estado de México, que entró en vigor el 25 de noviembre de 2015, establece nuevas disposiciones para los conductores de motocicletas que incluyen portar un casco certificado conforme a normas nacionales e internacionales de seguridad, así como la prohibición de maniobras temerarias.
Las sanciones por no respetar las nuevas reglas de tránsito serán con base en el valor diario de la Unidad de Medida de Actualización (UMA) y de acuerdo con el rango de sanciones.
Las cuales pueden oscilar desde tres hasta los 20 UMAS; es decir, desde los 340 pesos hasta los dos mil 262 pesos, así como la retención de la motocicleta en caso de no utilizar casco y visor.