Tres personas dedicadas al robo a casa habitación son captadas por la Policía en posesión de herramientas para forzar cerraduras, mientras vigilaban que los ocupantes de una casa salieran. La intención de robar la casa era clara, pero no lo consiguieron ¿qué puede hacer la policía? Dejarlos ir, porque no cometieron el delito.
Un grupo de muchachos crean un sitio web falso que imita el de un banco para robar datos de una tarjeta de crédito; uno diseña la página, otro envía correos fraudulentos, otro coordina el cobro. Sin embargo, el sitio web malicioso es detectado por las autoridades, quienes incluso dan con los jóvenes. ¿Qué procede? En la práctica nada, porque no cometieron el delito.
Una persona detecta que hay un plan de personas a su alrededor para privarlo de la vida y cobrar un seguro que le hicieron firmar con engaños. ¿Qué puede llegar a decir al ministerio público y cuál sería la respuesta que obtendría? Pues como no lo han matado, no hay delito que perseguir.
Los retos que están por venir para México en su relación con Estados Unidos, al menos en materia de seguridad, requiere implementar estrategias homologadas que incluso faciliten la coordinación.
El delito de conspiración es una herramienta clave en el sistema penal norteamericano, utilizado principalmente en el combate a la delincuencia organizada y otros delitos complejos.
Ocurre cuando dos o más personas se ponen de acuerdo para cometer un delito, se consuma o no: basta con que exista un acuerdo y un acto manifiesto con intención criminal para que a todos los participantes les alcance la ley.
Un elemento fundamental: el delito de conspiración es diferente al propio delito que se tiene la intención de cometer. Por ejemplo, si se conspira para cometer un robo, ocurra éste o no, ya existe el delito de conspiración. Asimismo, las penas impuestas en el sistema norteamericano comúnmente son iguales o parecidas al propio delito que pretendía cometerse.
Contar con esta figura legal le permite a Estados Unidos prevenir los crímenes, porque hace posible actuar contra el criminal antes de que se cometa el crimen, además en el caso de la delincuencia organizada, es posible relacionar a más personajes de la estructura criminal bajo el delito de conspiración que por otros como homicidio, tráfico de armas o lavado de dinero, que son más difíciles de comprobar.
Y es que esa es otra de las ventajas: es fácil de imputar, porque basta con probar el acuerdo y un acto relacionado, sin la necesidad de demostrar que el delito si se consumó.
Y es así como se logra desmantelar estructuras criminales en etapas tempranas.
Aunque en el sistema penal mexicano existen algunas figuras similares como asociación delictuosa y delincuencia organizada, no se contempla a la conspiración como un delito autónomo. Mientras los dos primeros requieren una cierta permanencia o continuidad, la conspiración puede basarse en un acuerdo temporal.
En México la costumbre es perseguir los delitos una vez consumados (de ahí que haya fiscalías que se la pasan levantando muertos) o combatir organizaciones criminales ya estructuradas.
Tal vez nuestros legisladores y legisladoras, en lugar de ampliar el catálogo de delitos con prisión preventiva, podrían voltear a ver prácticas que permita a las instituciones de seguridad y justicia ser más eficientes y estar a la par de naciones con las que tiene una conexión innegable.
Pero el reto es inmenso, porque aún seguimos discutiendo el hilo negro de las instituciones y opinando qué fue primero, si el huevo o la gallina.
Contar con el delito de conspiración en nuestro Código Penal Federal, permitiría una intervención temprana antes de que se consuma el delito y evitar daños mayores a las víctimas, ampliar la responsabilidad e incluir a todos los participantes del plan delictivo, aunque no estén presentes y sería una gran estrategia contra el crimen organizado, pues permitiría desarticular estructuras criminales en fases previas al delito.
A estas ventajas innegables se le debe sumar un elemento indispensable: incluir salvavidas legales para evitar abusos, como criminalizar acuerdos o reuniones sin evidencia clara de intención criminal.