Hay decisiones judiciales que obligan a reflexionar mucho más allá de los expedientes y los tecnicismos legales. La reciente determinación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de negar el amparo a la periodista Myrna Susana Gómez Vázquez porque la impugnación fue presentada un día después del plazo establecido deja una sensación difícil de ignorar. No cuestiono la autonomía del Poder Judicial, pero sí me pregunto si, en asuntos donde está de por medio la vida de una persona, el derecho puede limitarse únicamente a contar días en un calendario.
Quienes ejercemos el periodismo sabemos que las amenazas no conocen horarios, plazos ni procedimientos. El miedo llega de madrugada, el desplazamiento ocurre de un momento a otro y el peligro rara vez concede tiempo para revisar términos legales. La realidad de un periodista amenazado está muy lejos de la comodidad de un escritorio o de la frialdad de un expediente.
La libertad de expresión no es un privilegio para los periodistas; es un derecho de toda la sociedad. Cada reportero silenciado representa una comunidad que deja de conocer la verdad. Cuando un comunicador pierde protección, no solamente queda expuesta una persona, también se debilita el derecho de los ciudadanos a estar informados.
Por eso resulta preocupante que un criterio estrictamente procesal termine teniendo más peso que el análisis del riesgo que enfrenta una persona. El derecho existe para servir a la justicia y no al revés. Las normas son indispensables para dar certeza jurídica, pero nunca deberían convertirse en un obstáculo cuando está en juego la integridad de un ser humano.
México sigue siendo uno de los países más peligrosos para ejercer el periodismo. Durante años hemos visto compañeros asesinados, desaparecidos, desplazados o viviendo bajo mecanismos de protección porque hacer preguntas, investigar o publicar información puede convertirse en una sentencia de muerte. Esa realidad obliga a todas las instituciones del Estado a actuar con una sensibilidad extraordinaria.
No se trata de pedir privilegios para el gremio periodístico, sino de reconocer que existen circunstancias excepcionales que requieren respuestas excepcionales. El principio pro persona no puede quedarse solamente escrito en la Constitución; debe reflejarse en cada resolución cuando exista una amenaza grave contra la vida o la libertad de una persona.
También es momento de que el Congreso de la Unión revise la legislación que protege a periodistas y personas defensoras de derechos humanos. Las leyes deben evolucionar conforme lo hace la realidad del país. Si existen casos donde una formalidad puede dejar sin protección a alguien que enfrenta un peligro extraordinario, entonces esa legislación necesita corregirse.
Como periodista, deseo vivir en un país donde la justicia tenga siempre un rostro humano. Donde los procedimientos sean importantes, sí, pero donde jamás pesen más que la vida, la dignidad y la libertad. Porque cuando una decisión puede marcar la diferencia entre la protección y el abandono, un solo día no debería convertirse en una condena.