El municipio, a veces con otras denominaciones ha sido la base del gobierno. Es una organización milenaria. Se estima su origen en el Imperio Romano. Fue la forma de control de la vida pública de las comunidades y su relación con el Imperio. Otra versión le da al municipio 500 años de vida ya en el mundo monárquico. Con el municipio controlaban territorios, comunidades y las colonias. El origen y la historia del municipio en el mundo y en México han sido estudiados con profusión y precisión. Remito a los interesados a ese profuso material.
En los gobiernos democráticos el municipio, en sus diversas modalidades, ha sido un elemento clave de la organización política de base territorial. En el caso mexicano se sabe y se ha documentado con rigor, como en el siglo XX las decisiones sobre los municipios incluyen creación, desaparición, adecuación territorial, administración pública, asignación presupuestal siempre en base a arreglos políticos entre las facciones participantes en la revolución mexicana.
Por eso, la reforma constitucional del año 1983 es un parteaguas en la remodelación del municipio libre. Y, quizá, con esa misma consideración se puede justificar hablar de un “nuevo” municipio a partir de la reforma constitucional del artículo 115 en la legislación mexicana, realizada en 1999. El principal supuesto fue la apuesta por el autogobierno y el fortalecimiento del federalismo. Sin embargo, este propósito se operó desde una construcción legal discriminatoria y vertical, lo cual ha generado que el municipio no tiene en la práctica potestad fiscal o autonómica.
Una lista sencilla de las responsabilidades municipales incluye: Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales. Limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos. Calles, parques y jardines y su equipamiento; Mercados y centrales de abasto. Panteones. Rastro. Seguridad pública.
Y más: Formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal, los planes en materia de movilidad y seguridad vial; Autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones territoriales; Intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana y otorgar licencias y permisos para construcciones. De ahí su fuerza y su fragilidad.