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Institucionalizar el abandono animal

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  • Melisa Agüero

Tenemos en Hidalgo una ley que “protege” a los animales, pero esto es un supuesto porque la protección se debe a cuestiones antropocentristas, ello quiere decir que todos los artículos vertidos allí tienen entre sus propósitos proteger en sí a los seres humanos, pero no a los animales contextualmente.

Como si fuésemos externos a cualquier característica animal, los humanos nos seguimos poniendo en el centro del mundo, aun en las leyes que no están dirigidas a nosotros, así que no importa que tengamos características parecidas a los animales –como la corteza pre frontal donde se desarrollan muchos de los entendimientos humanos– puesto que finalmente, los intereses defenderán nuestra comodidad como sociedad.

Así lo dice el artículo primero, fracción sexta de la Ley de Protección y Trato Digno para los Animales del Estado de Hidalgo: “proteger al ser humano y a su entorno coadyuvando en el cumplimiento de las Leyes, Normas y Reglamentos de los tres niveles de Gobierno manteniendo la armonía biológico-social”, lo que traducido quiere decir que mientras no nos estorben, todo bien; y es que no importa que en el resto de artículos se les “defienda”, pues la redacción deja entrever que el proceso será largo y si lo comparamos con otros documentos similares, éstos podrán aplastar sus derechos si, por casualidad, un abogado prefiere citar leyes con más peso para defender a un maltratador.

Por eso vemos en este texto que se distinguen a los animales domésticos entre aquellos que “sirven” para consumo alimenticio o espectáculos, cuando la ciencia nos ha comprobado tantas veces que los animales no humanos –sin importar que sean domésticos o silvestres– comparten características muy parecidas a las nuestras, entre ellas el dolor y la angustia, pero como el lenguaje no es el mismo, como nuestra compresión es tan acotada y nos debemos a lo que es funcional solo para nosotros como especie, entonces nos valemos siempre de los vacíos legales para perpetrar maltrato y abandono, porque no hay quién nos juzgue, pues al final decimos “es un perro”, bajo toda la connotación que esto conlleva.

Por ello es que logramos abandonar institucionalmente a las mal denominadas “mascotas” en centros de control canino como si con eso hiciéramos lo correcto, además con el aval del gobierno que siempre nos invita a donarlos “voluntariamente”, pero la realidad es completamente distinta, porque el abandono sigue siendo el mismo, dejamos “voluntariamente” como humanos a los animales a los que debimos brindar bienestar para librarnos de un problema que nosotros mismos como sociedad provocamos: la sobrepoblación de perros y gatos.

Y las instituciones gubernamentales de Hidalgo encargadas de atender el bienestar animal son las primeras en invitarnos a realizar estas acciones antes de abandonarlos en la calle (y que se convierta por ende en un delito), como si eso convirtiera la acción en algo aceptable, como si en estos lugares de exterminio animal las condiciones de abandono fuesen distintas, cuando no es así, el destino es el mismo: la muerte.

Lo llaman “donación voluntaria” de perros, lo cual solo se convierte en el término diplomático para no criminalizar el abandono. ¿Qué de voluntario tiene si por quien se decide este acto no es consciente de la decisión? Aquí el estado se convierte en cómplice del maltrato animal, pues ni la ley ni los reglamentos municipales emanados de este documento protegen el bienestar de seres que no sean humanos.

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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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