
En México, el consumo de tabaco es responsable de 10 por ciento del total de muertes anuales, lo cual equivale a poco más de 63 mil muertes y es causa principal de 430 mil casos nuevos de enfermedades, tales como cáncer de pulmón, enfermedades cardiacas, enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), neumonías y accidente cerebrovascular, entre otras.
Contar con medidas fuertes de control de tabaco es indispensable para poder contrarrestar los estragos que la epidemia de tabaquismo genera en la salud pública del país. En su momento, como respuesta a esta epidemia global, la OMS y varios países asociados crearon el Convenio Marco para el Control del Tabaco (CMTC) de la OMS, a través de un proceso que se inició a finales de los años 90 y culminó el año 2003, cuando la 56ª Asamblea Mundial de la Salud lo adoptó por unanimidad, entrando en vigor a partir del 27 de febrero de 2005. México fue el primer país de la región que lo ratificó.
Este Convenio incluye mecanismos para disminuir tanto la oferta como la demanda de productos de tabaco y sus mandatos cubren por completo la cadena de producción, distribución y venta de esos productos. Dentro de los objetivos que busca el Convenio, se encuentran: evitar que los jóvenes se inicien en el consumo, proteger a los no fumadores de la exposición al humo de tabaco de segunda mano, ayudar a los consumidores a abandonar el tabaco y a los ex consumidores a mantener la abstinencia.
En los últimos años, el gobierno de México ha dado pasos importantes y trascendentes en el cumplimiento del Convenio, que le han llevado incluso a recibir en dos ocasiones el Premio del Día Mundial Sin Tabaco (PDMST).
En el año 2020, recibieron este premio la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Secretaría de Economía y la Secretaría de Salud por importantes acciones; la primera por el ajuste y actualización a la cuota específica de impuestos especiales al tabaco y la segunda por un decreto que prohíbe la importación y exportación de productos novedosos y emergentes de tabaco y nicotina. El segundo PDMST se entregó el año 2022, como premio especial del director general de la OMS al presidente Andrés Manuel Lopez Obrador por la promoción y fortalecimiento de las medidas para el control del tabaco, como fue la enmienda a la Ley General para el Control del Tabaco (LGCT), publicada el 17 de febrero del 2022 en el Diario Oficial (DOF).
En esta misma línea, el pasado 16 de diciembre se publicó en México, en el DOF, la actualización al Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco (LGCT), para armonizarlo con la enmienda a dicha ley.
Entre las principales medidas que se establecen en el reglamento, en concurrencia con los cambios publicados en la enmienda a la LGCT, se encuentran la prohibición de toda forma de publicidad, promoción y patrocinio del tabaco, a través de cualquier medio de comunicación y difusión, incluida la exhibición directa e indirecta de los productos del tabaco en puntos de venta.
Con esta última medida México se suma a ocho países más de la región (Colombia, Costa Rica, Guyana, Panamá, Surinam, Trinidad y Tobago, Uruguay y Venezuela), que ya prohíben la exhibición de los productos de tabaco en los puntos de venta, como una de las medidas más efectivas en cuanto a la disuasión del consumo en menores de edad y adultos no fumadores. Para llevar a cabo esta medida, el reglamento dispuso que en los puntos de venta exista impresa una lista escrita con la descripción y los precios de cada producto de tabaco que ahí se venda y para tales efectos, ha establecido las características de este listado en un Acuerdo Secretarial, publicado en el DOF, el pasado 13 de enero de 2023.
También, entre las medidas que se establecen en la actualización del reglamento, se amplían los espacios cien por ciento libres de humo de tabaco y emisiones, lo cual incluye el uso de cigarros electrónicos y productos de tabaco calentado, en cualquier lugar de trabajo; espacios de concurrencia colectiva tales como plazas, parques, playas y estadios; así como en el transporte público y las escuelas en todos los niveles educativos, incluidas las universidades.
Las disposiciones emanadas de este reglamento entraron oficialmente en vigor el 15 de enero de 2023 y con estas medidas, México se coloca a la vanguardia del control del tabaco y da una muestra decisiva para la región de su compromiso inexorable en la defensa de la salud pública del país.
Es conveniente tener presente que estas medidas que, insisto, son medidas de control de tabaco dispuestas en el CMCT de la OMS, cuentan con una robusta y bien documentada evidencia científica de respaldo, que demuestra ya sea de manera individual y más aún en conjunto, su eficacia para disminuir la prevalencia del tabaquismo y sobre todo para abatir la enorme carga global de enfermedades y de mortalidad asociada.
El martes pasado, en la conferencia matutina, el Presidente respondió de manera ejemplar y acertada sobre la inconformidad de la industria tabacalera ante este reglamento que “…son decisiones que se tienen que tomar y sí, hay inconformidad, pero también hay que tomar en cuenta que se debe poner siempre por delante la salud pública, la salud de la gente...”.
La salud es un derecho fundamental a defender y preservar, aun por encima de intereses comerciales y privados. Sirva este espacio para hacer llegar un sincero reconocimiento y felicitación al gobierno de México por este encomiable esfuerzo, que encabeza el Sr. Presidente y la Secretaría de Salud del gobierno federal, esfuerzo que acompaña un sector importante de la sociedad civil, la Academia y el Poder Legislativo. Esta nueva reglamentación vela por un mayor grado de protección de la salud de la población mexicana y mantiene al país como un referente y ejemplo internacional en el control y atención de los principales factores de riesgo de las enfermedades no transmisibles, como lo es el tabaquismo.
Juan Manuel Sotelo*