Política

Postularse como indígena

El pasado 25 de enero se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo INE/CG830/2022, por el que se establecieron las reglas para un nuevo sistema de autoadscripción calificada, conforme al cual —para efectos de postulación a cargos de elección popular— ya no basta con afirmar que se pertenece a un pueblo originario, o que alguien se identifica con una comunidad indígena en uso del libre desarrollo de la personalidad.

El Acuerdo fue emitido en acatamiento a la sentencia de la Sala Superior SUP-REC-1410/2021, por la que el Tribunal Electoral determinó revocar la asignación de una diputación federal por acción afirmativa indígena al candidato del PAN, Óscar Daniel Martínez Terrazas, quien falseó información y documentación para acreditar su pertenencia a la comunidad de San Juan Tetelcingo, Guerrero.

El cúmulo de abusos de gente sin escrúpulos que se hace pasar por indígena para acceder a un cargo de representación popular llevó al TEPJF a dar un golpe de timón y dejar atrás la doctrina de la autoadscripción —conforme a la cual solo bastaba con afirmar que se pertenecía a una comunidad indígena—, para dar paso a un riguroso sistema de autoadscripción calificada.

Este nuevo sistema regirá todas las postulaciones para las elecciones de 2024 y obligará al aspirante a colmar los requisitos de origen, lengua indígena, vínculo permanente con la comunidad y expresión de motivos de la autoadscripción. La solicitud de registro, además, deberá acompañarse por una constancia de adscripción expedida por una autoridad indígena, tales como la Asamblea General Comunitaria, Asamblea de Autoridades Tradicionales o Autoridad Agraria Indígena.

Dicha constancia deberá indicar si el aspirante ha desempeñado algún cargo tradicional en la comunidad y en qué periodo, si ha desempeñado un cargo de representación conforme al sistema normativo indígena, de qué manera participa activamente en beneficio de esa comunidad, si ha prestado servicio comunitario, si es nativo y si habla lengua indígena.

La finalidad de estos candados es evitar que personas ajenas a las comunidades indígenas y pueblos originarios ocupen cargos públicos que están reservados para ellos.

Todos los puntos son relevantes, pero el propio Consejo General estimó que la lengua es vital. Las comunidades además ganan con este sistema, porque ya no solo se requiere la expresión de voluntad individual del aspirante, también se exige un acto colectivo de examen sobre la trayectoria del aspirante, un control previo al registro; se abre una puerta además para que quienes hayan ocupado cargos de representación bajo un sistema normativo indígena (antes llamado usos y costumbres), o cargos tradicionales, puedan migrar al sistema de partidos políticos.

En pocas palabras, ya no basta con decir “Soy indígena”.


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Hamlet García Almaguer
  • Hamlet García Almaguer
  • Diputado Federal por Morena
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