Política

Los derechos de las audiencias

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Desde el punto de vista jurídico, el derecho de las audiencias comprende el conjunto de derechos que tienen las personas como receptoras de contenidos de radio y televisión. Entre ellos se encuentran el derecho a recibir información y programación con una clara distinción entre los contenidos informativos y las opiniones; a que la información sea plural, veraz y no discriminatoria; a que exista una diferenciación clara entre la información y la publicidad; y a ejercer el derecho de réplica respecto de información falsa o inexacta que les cause un agravio, en los términos previstos por la ley.

En México, los fundamentos constitucionales de los derechos de las audiencias se encuentran en los Artículos 6 y 7 de la Constitución, reformados en el 2013. Antes, e n2007, el Artículo 6 fue reformado para establecer que el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley y que el derecho a la información será garantizado por el Estado, siendo hasta el 2014 cuando se crea la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

Desde su entrada en vigor, dicha ley fue objeto de diversas críticas que dieron lugar a varias reformas. En distintos momentos, incluso fue calificada como una “ley censura”. Finalmente, en julio de 2025 fue abrogada y sustituida por la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LMTR), hoy en vigor.

Un año después de la LMTR, la presidenta Claudia Sheinbaum reavivó el debate sobre los derechos de las audiencias al convocar a una discusión pública sobre este tema. Hasta ahora, dicho derecho se ha circunscrito a la radio y la televisión, pese a que otros medios de comunicación, incluidos los medios impresos y las plataformas de Internet, también pueden vulnerar los derechos de las audiencias.

Debe ampliarse la regulación de los derechos de las audiencias. El Artículo 6 es claro: la libertad de expresión debe ejercerse con respeto a los derechos de terceros. Aspiro a que los medios compitan por la calidad de sus contenidos y que las controversias sean resueltas por órganos integrados por representantes de la sociedad.


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Efrén Vázquez Esquivel
  • Efrén Vázquez Esquivel
  • efren23@hotmail.com
  • El autor es director científico de la Academia Mexicana de Metodología Jurídica y Enseñanza del Derecho, AC.
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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