Publican Reglamento de Ley de Protección Civil de CdMx

El reglamento tiene siete títulos de las funciones de los órganos asesores y comisiones de Consejoe e indica que la secretaría trabajará con estudios de instituciones como la UNAM o el IPN. 

El gobierno de la Ciudad de México publicó el Reglamento de la Ley del Sistema de Protección Civil capitalino.

El reglamento vigente a partir de mañana y publicado en la Gaceta Oficial, establece que la Secretaría de Protección Civil promoverá convenios con los medios de comunicación para que emitan avisos preventivos derivados del Sistema de Alerta Temprana.

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Indica que los medios de comunicación procurarán contribuir al fomento de la cultura de la prevención difundiendo temas y materiales generados por la Secretaría, que brindará información oportuna ante una situación de emergencia, siniestro o desastre para no entorpecer las labores de los cuerpos de emergencia.

También incluye acciones de prevención, mitigación y preparación por parte de las Unidades de Protección Civil de los órganos político administrativos.

Por ello, detalla los principios bajo los cuales deberán regirse los integrantes del Sistema de Protección Civil local, entre ellos dar prioridad en la protección a la vida, la salud y la integridad de las personas, y hacerlo con honradez y respeto a los derechos humanos y grupos vulnerables.

Destaca que los servidores públicos, incluso los terceros acreditados, brigadistas comunitarios y voluntarios, podrán portar el emblema internacional de protección civil en la Ciudad de México, siempre y cuando desempeñen la actividad.

De esta forma, el reglamento prevé siete títulos en los que incluye disposiciones preliminares con las atribuciones de los integrantes del Sistema de Protección Civil capitalino, las funciones de los órganos asesores, y los objetivos de los comités y comisiones de Consejo.

En ese sentido, precisa que la secretaría emitirá opiniones técnicas respecto a asentamientos humanos irregulares con base en estudios de instituciones como la UNAM o el IPN que cuenten con áreas de investigación en geografía, geología, urbanismo, arquitectura, , sismología, ingeniería civil, hidrología, antropología, sociología, ecología.

También prevé las acciones e instrumentos preventivos como un Atlas de Peligros y Riesgos, de los Programas Delegacionales de Protección Civil y las atribuciones del Centro de Evaluación, Formación, Capacitación y certificación en la materia.

FLC

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