Tras los recientes cambios al Reglamento de Tránsito en el Estado de México, se implementaron nuevas sanciones para los motociclistas que trasladen a menores de edad sin cumplir con las medidas de seguridad obligatorias.
Con estas nuevas medidas se busca evitar accidentes de gravedad y reducir riesgos, especialmente aquellos que ponen en peligro a niñas, niños y adolescentes que viajan sin la protección necesaria.
¿Qué establece el nuevo reglamento sobre transportar a menores en motocicleta?
El reglamento actualizado establece que un menor solo puede viajar en motocicleta si tiene la capacidad de sujetarse por sí mismo, permanecer sentado de forma estable y colocar ambos pies en los posapiés.
Estas modificaciones a la ley de tránsito pretenden alinear las medidas de seguridad con los estándares nacionales y erradicar prácticas de alto riesgo que se han vuelto comunes en distintas regiones del estado.
¿Cuál es la multa?Según el Artículo 89 del Reglamento de Tránsito estatal, quienes transporten a menores que no cumplan con las condiciones de seguridad serán acreedores a una multa de entre 16 y 20 Unidades de Medida y Actualización (UMA), lo que equivale a aproximadamente dos mil 100 pesos.
Además, el reglamento establece el uso obligatorio de casco certificado tanto para el conductor como para cualquier acompañante; fija límites sobre el número de personas permitidas en cada motocicleta, prohíbe circular entre carriles y refuerza el respeto a los límites de velocidad.
Las nuevas disposiciones también contemplan operativos de vigilancia para asegurar su cumplimiento.
Antecedentes
En 2024, la Secretaría de Seguridad del Estado de México registró 30 mil 682 accidentes de motocicleta, en los que 491 personas perdieron la vida.
Por esta razón, las autoridades pretenden reducir la mortalidad en carretera mediante disposiciones más rigurosas y una vigilancia reforzada.
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