Buscan optimizar procesos en dependencias de gobierno

En la ALDF se presentó una reforma a la Ley de Procedimiento Administrativo de la capital para que autoridades usen notificaciones vía electrónica y que se ahorren tiempo y recursos.

El diputado Iván Texta presentó la iniciativa con reformas a la Ley de Procedimiento Administrativo local para que las autoridades agilicen su labor y las notificaciones no se hagan en papel sino de manera electrónica.

Manifestó que para calcular el costo de una notificación no electrónica se debe tomar en cuenta la transportación, el papel y el tiempo laboral hora/hombre, lo que representa unos 45 pesos, cifra que al multiplicarla por un mínimo de 500 notificaciones al mes para las dependencias, órganos autónomos y demás instancias locales, supera los 33 millones de pesos.

La implementación de la notificación y el estrado electrónicos constituirá una forma de hacer más eficiente y reducir gastos en el procedimiento administrativo de la Ciudad de México, aseguró el diputado del PRD.

La iniciativa que hoy fue aprobada por el pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF).

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El legislador perredista presentó en septiembre de 2016 la iniciativa con proyecto de decreto por la cual se reforman diversos artículos de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, para definir un marco jurídico que permita a las autoridades administrativas el uso de la tecnología.

Luego de agradecer a las y los diputados integrantes de las comisiones unidas dictaminadoras de Administración Pública Local y de Ciencia, Tecnología e Innovación de este órgano legislativo, Texta destacó que con dicha modificación los habitantes de la capital del país contarán con las garantías de un procedimiento administrativo eficiente, ágil, eficaz y expedito.

Explicó que la Ley vigente indica que la notificación debe cumplir, entre otras cosas, que se practique en horas y días hábiles, así como asentar la hora en que se llevó a cabo la diligencia y detallar los hechos. Comentó que aunque la notificación genera certeza sobre la entrega de la resolución a notificar, la mayoría de los casos representan un alto costo para el Estado y no asegura que cumpla con su objetivo de comunicar.

"A 21 años de su expedición, dicha norma tiene su origen en la necesidad de uniformar la actuación de la administración pública local", dijo el presidente de la Comisión de Rendición de Cuentas y Vigilancia de la Auditoría Superior de la Ciudad de México en la ALDF.

Con la entrada en vigor de esta reforma, la notificación y el estrado electrónicos serán una realidad, brindando beneficios a la ciudadanía como la simplificación del proceso administrativo, disminución de los costos del procedimiento, mejora en la relación entre ciudadanos y la administración pública, garantía a una justicia pronta y expedita al reducir plazos y términos, al tiempo que abonará a una mayor transparencia y cuidado del medio ambiente.

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En Tribuna, especificó que se adiciona la fracción XXI al artículo 2, recorriendo las subsecuentes; se adiciona la fracción VII al artículo 44, recorriendo las subsecuentes; se deroga el inciso "b" de la fracción "I" del artículo 78 y se adicionan las fracciones III y IV del artículo 82; todos de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal.

De esta manera, en la norma se establece ahora que la notificación electrónica es el "acto administrativo mediante el cual y contando con las formalidades, la administración pública da a conocer a los interesados, a través de medios telemáticos o electrónicos los documentos administrativos que forman parte del procedimiento".

Las promociones deberán hacerse por escrito. Cuando la norma aplicable no señale los requisitos específicos, el escrito inicial deberá expresar, acompañar y cumplir con los siguientes requisitos: La autorización o negativa del interesado para recibir notificaciones electrónicas y en caso de que desee recibir notificaciones electrónicas deberá manifestar un correo electrónico.

Asimismo, las notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos; y la solicitud de informes o documentos deberán realizarse por notificación electrónica a los ciudadanos que expresamente lo soliciten, y por estrado electrónico a las personas a quien deba notificarse hayan desaparecido, se ignore su nuevo domicilio o se encuentre en el extranjero sin haber dejado representante legal.


EB

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