Los diputados locales de Guanajuato aprobaron por unanimidad una reforma al Código Civil Local, por la cual ahora los padres podrán escoger el orden de los apellidos en que se registre a sus hijos.
Ello podrán solicitarlo ante la Oficialía del Registro Civil cuando acudan a presentar al menor, con esta medida se rompe con la práctica histórica de que primero sea el apellido del padre y después el de la madre. En caso de no haber consenso, se mantendrá primero el apellido paterno.

Dicha reforma fue presentada por el grupo parlamentario de morena y se fundamenta en el derecho humano a un nombre y en la dignidad de las personas. Además de reivindicar la igualdad de derechos entre mujeres y hombres, reconociendo también el derecho a la vida privada y familiar.
Dentro de la argumentación a favor, los legisladores plasmaron que el privilegiar el apellido del padre perpetúa estereotipos de género y vulnera el derecho al nombre como elemento esencial de identidad y vida familiar.
La reforma al Código Civil del Estado corrige una práctica discriminatoria que privilegiaba al varón y al mismo tiempo protege a las niñas y niños garantizando estabilidad y seguridad jurídica.
La medida que fue aprobada desde el Congreso del Estado de Guanajuato tiene una gran trascendencia social y cultural, pues atiende compromisos internacionales en materia de derechos humanos y erradica prácticas discriminatorias. Toda vez que ya fue avalada, se envió al Poder Ejecutivo para su publicación en el Periódico Oficial del Estado para que entre en vigor.
Como antecedente, en mayo del 2025 la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó diversas disposiciones de la Ley del Registro Civil del Estado de Yucatán porque contenían una restricción injustificada al derecho humano a elegir el nombre de los hijos sin injerencias arbitrarias del Estado.