Si manejas en la Ciudad de México, es importante saber que no todas las infracciones de tránsito tienen únicamente una consecuencia económica.
La legislación vigente también contempla la suspensión temporal e incluso la cancelación definitiva de la licencia de conducir cuando un automovilista incurre en determinadas conductas.
Por ello, conocer lo que establece la Ley de Movilidad de la Ciudad de México puede ayudarte a evitar sanciones que afecten tu derecho a conducir. Estas disposiciones permanecen vigentes durante 2026.
¿Cuántas infracciones debes acumular para que suspendan tu licencia de conducir en CdMx?
Acumular infracciones de tránsito puede traer consecuencias que van más allá del pago de una multa. La Ley de Movilidad establece que la Secretaría de Movilidad (Semovi) puede suspender temporalmente una licencia cuando un conductor incurra de manera reiterada en faltas previstas por la legislación, con el objetivo de fortalecer la seguridad vial y reducir conductas de riesgo.
En ese sentido, el artículo 68 señala que la licencia o permiso para conducir puede ser suspendido de seis meses hasta tres años cuando el conductor acumule tres infracciones a la Ley de Movilidad o a sus reglamentos en el transcurso de un año.
Estos son los casos en los que pueden suspender tu licencia
La acumulación de infracciones no es el único motivo por el que un automovilista puede perder temporalmente el derecho a conducir. La legislación también contempla otros supuestos relacionados con daños ocasionados a terceros y conductas que ponen en riesgo la seguridad vial.
De acuerdo con el artículo 68 de la Ley de Movilidad, la Secretaría puede suspender temporalmente una licencia en los siguientes casos:
- Acumular tres infracciones a la Ley de Movilidad o a sus reglamentos en un periodo de un año.
- Causar daños a terceros o a sus bienes y no reparar el daño ocasionado.
- Ser sancionado por primera ocasión por conducir en estado de ebriedad, además de cumplir con el tratamiento que determine la autoridad competente.
- Ser sancionado nuevamente por conducir bajo los efectos del alcohol, supuesto en el que la suspensión puede extenderse hasta por tres años, conforme a la legislación vigente.
¿En qué casos pueden cancelar definitivamente la licencia?
La suspensión no es la sanción más severa prevista por la ley. En determinados casos, la Secretaría de Movilidad también puede cancelar de manera definitiva la licencia de conducir, una medida que aplica cuando existe reincidencia o se cometen conductas consideradas de mayor gravedad.
El artículo 67 de la Ley de Movilidad establece que la cancelación puede proceder cuando el conductor:
- Sea sancionado por segunda ocasión en un año por conducir en estado de ebriedad.
- Sea sancionado por tercera ocasión por la misma conducta en los plazos previstos por la ley.
- Cometa infracciones bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos u otras sustancias tóxicas.
- Acumule dos suspensiones de la licencia de conducir.
- Presente información o documentos falsos para obtener la licencia.
- Cause lesiones que pongan en peligro la seguridad o la vida de otras personas por negligencia, impericia, falta de cuidado o irresponsabilidad.
Aunque muchas personas asocian las infracciones únicamente con multas económicas, la Ley de Movilidad contempla consecuencias administrativas que pueden impedir conducir durante meses o incluso derivar en la cancelación definitiva de la licencia.
Conocer estas disposiciones y respetar el Reglamento de Tránsito no solo ayuda a evitar sanciones, sino que también contribuye a una movilidad más segura para todos los usuarios de la vía pública.
JCM