La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó y dejó sin efectos la respuesta que emitió la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena a un militante, respecto al inicio y la duración de los cargos de la dirigencia interina por la pandemia de covid-19 al considerar que no tiene facultades vinculantes.
En el proyecto explicaron que el 26 de junio un militante hizo una consulta escrita sobre si la contingencia sanitaria impactaba en la permanencia y duración de los integrantes del CEN, respuesta a la que otro ciudadano interpuso un juicio por considerar que vulnera los derechos político-electorales pues la CNHJ invade las competencias del Congreso Nacional y del consejo Nacional.
Los magistrados le dieron la razón pues “la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia no cuenta con atribuciones para emitir criterios de interpretación respecto de actos y determinaciones que no le son propios”.
Por lo que le ordenó apegarse a resolver “las consultas que le planteen tanto las y los protagonistas del partido, en cuanto a la interpretación de las normas contenidas en los documentos básicos de Morena, sin que tengan un carácter vinculante”.
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