Política

Tribunal electoral revoca esquema del INE para candidaturas de grupos vulnerables

Le ordenaron al INE que elabore un nuevo acuerdo en materia de acciones afirmativas en favor de las comunidades indígenas.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó, por considerarlo regresivo, el esquema diseñado por el Instituto Nacional Electoral (INE) para definir las candidaturas al Congreso de la Unión de cuotas de representantes de grupos vulnerables.

En sesión pública de la Sala Superior, se decidió ordenarle al INE que elabore un nuevo acuerdo en materia de acciones afirmativas en favor de las comunidades indígenas, afromexicanas, con discapacidad, de la diversidad sexogenéricas, migrantes y en situación de pobreza.

El nuevo acuerdo, que debe ser elaborado y aprobado por el INE de manera inmediata, deberá respetar el esquema utilizado en la elección federal del 2021, en el que las cuotas estaban mejor definidas y no quedaban al libre albedrío de los partidos políticos.

Deberá, por lo tanto, eliminar el esquema de “franjas” para las candidaturas por la vía plurinominal que se había planteado en el acuerdo.

La sentencia revocó el acuerdo del INE del pasado 8 de septiembre y atendió 103 impugnaciones presentadas ante la Sala Superior por diversas personas y colectivos en contra de las acciones afirmativas aprobadas para el actual proceso electoral federal.

El proyecto elaborado por el magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera proponía modificar el acuerdo únicamente en lo relativo a las acciones afirmativas en favor de las comunidades indígenas y confirmar el resto, pero por mayoría de sus cuatro compañeros, que rechazaron la propuesta, el magistrado modificó su planteamiento y admitió ordenar la revocación.

“Es un esquema complejo y regresivo”

Al exponer sus argumentos para votar por la revocación del acuerdo, el magistrado Felipe de la Mata explicó varios motivos, compartidos por sus compañeros.

Por ejemplo, dijo, en el tema de candidaturas indígenas, se disminuyó el número de distritos indígenas sin motivación ni razón alguna, pues reduce tres fórmulas de indígenas de mayoría relativa, al pasar de 21 a 18 fórmulas.

“Se suprime el deber de señalar 21 distritos para personas indígenas, como se hizo en 2021, es decir, no solamente los abandonas, sino que además no considera que en los últimos tres años ha crecido la población indígena y que se han movido, a su vez, las concentraciones de indígenas en el país”, explicó.
De la Mata aseguró que la nueva regulación “además de compleja, genera incertidumbre, es totalmente regresiva; pero no nada más el tema son los indígenas, son prácticamente todos los grupos en situación de desventaja”.

Afirmó que la regulación ocasiona una falta de certeza en la implementación y es ambigua.

“Genera incertidumbre en la postulación ante la falta de señalamiento puntual respecto del número de candidaturas concretas que se deben postular por cada grupo en situación de desventaja y genera una especie de bolsa, donde todos los grupos en situación de desventaja compiten entre sí para salir premiado con una candidatura, y podría no salir con ninguna”, detalló.
“Lo cual, evidentemente, hace que se deprecie los derechos de estos grupos en situación de desventaja, ya que quedan completamente al arbitrio de los partidos políticos, que históricamente los han excluido de sus derechos políticos”, añadió.
“El sistema de franjas previsto para estos grupos en representación proporcional es regresivo porque se disminuyen considerablemente las posibilidades de triunfo”, advirtió De la Mata.
Además, criticó la acción afirmativa en materia de pobreza, pues dijo que “la condición de pobreza no es una cualidad de una persona, como lo es ser indígena, afrodescendiente, persona de la diversidad sexual o de género”.

Por su parte, el magistrado presidente Reyes Rodríguez coincidió en que desde su punto de vista el esquema es regresivo.

“A mi juicio, el diseño aprobado para la postulación de personas a quienes se dirigen las acciones afirmativas, tanto por el principio de mayoría relativa como el de representación proporcional, sí transgreden el principio de progresividad… No encuentro que en esta ocasión su implementación busque una mejor protección de los derechos político-electorales de estas minorías”, dijo.

El magistrado Fuentes aceptó los comentarios y propuso modificar su proyecto.

“Celebro la colegialidad, porque si a ustedes no les genera esa seguridad, pues creo que entonces estamos de acuerdo, como lo propone una parte del proyecto, en que se vulneraría el principio de progresividad en sus vertientes de no regresividad y de maximización de los derechos”, dijo.

RM

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Rafael Montes
  • Rafael Montes
  • Egresado de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM. Reportero desde 2008. En 2016 se incorporó al equipo de Grupo MILENIO para cubrir Política y asuntos especiales para diario, web y televisión. Aunque sus temas favoritos actuales son transparencia y rendición de cuentas, también le gustan las historias de la gran ciudad.
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