La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a la Cámara de Diputados modificar la convocatoria para la elección de tres consejerías del Instituto Nacional Electoral (INE), incluir acciones afirmativas de grupos en situación de vulnerabilidad y eliminar los requisitos de no haber sido candidatos al Poder Judicial y el de no haber obtenido una nacionalidad adicional a la mexicana.
En sesión pública de este viernes, la Sala Superior resolvió por unanimidad cuatro paquetes de juicios relacionados con la convocatoria para la selección de nuevas consejerías del INE.
Una de ellas acumuló siete juicios que presentaron diferentes aspirantes a las sillas del Consejo General del INE y que reclamaron la omisión de incluir acciones afirmativas para garantizar espacios a personas indígenas, afromexicanas, de la diversidad sexual, migrantes y personas con discapacidad.
Ese paquete, cuyas propuestas de resolución correspondió elaborar a las ponencias de las magistradas Mónica Aralí Soto Fregoso, Claudia Valle Aguilasocho y de magistrado Felipe de la Mata Pizaña, fue expuesto por este último en la sesión de la Sala Superior.
El magistrado aseguró que la convocatoria emitida por la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados el 19 de marzo no garantiza la igualdad de condiciones para los integrantes de grupos históricamente excluidos que aspiran a formar parte del Consejo General del árbitro electoral nacional.
Por ello, la propuesta de sentencia, que fue avalada por unanimidad posteriormente, consistió en establecer que, dentro del proceso de selección de consejerías electorales del INE, cada una de las tres quintetas que integrará el Comité Técnico de Evaluación deberá incluir, al menos, a una persona perteneciente a un grupo en situación de vulnerabilidad.
Además, establece que las personas aspirantes puedan manifestar su autoadscripción a dichos grupos y se vincula tanto al Comité Técnico como a la Junta de Coordinación Política, para garantizar la efectiva implementación y difusión de esta medida.
“Se trata de una acción afirmativa, estructural, concreta y operativa, que no desplace el mérito ni los requisitos constitucionales, sino que asegura que el acceso a las etapas decisivas del proceso sea realmente incluyente; esta medida permite condiciones que garanticen que en el proceso de designación se celebre en términos de igualdad sustantiva, sin dejar de lado el carácter eminentemente técnico y profesionalizado del cargo en disputa”, expuso De la Mata.
???? #Boletín | #TEPJF modifica convocatoria para elección de consejerías del INE y fortalece condiciones de igualdad.
— Tribunal Electoral del PJF (@TEPJF_informa) March 28, 2026
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En otros dos asuntos resueltos, se determinó, también por unanimidad, que se modifique la convocatoria para eliminar el requisito de los aspirantes de no haber sido registrada o registrado como candidata o candidato al Poder Judicial, ni haber desempeñado cargo alguno de elección popular en los últimos cuatro años anteriores a la designación, pues se consideró que esa característica “no resulta aplicable a las personas que hayan participado como candidatas a cargos judiciales”.
Se argumentó que dicho requisito tiene como finalidad “evitar vínculos con partidos políticos que comprometan la imparcialidad, independencia en el ejercicio del cargo, lo cual no se actualiza tratándose de candidaturas judiciales”, al tratarse de un régimen especial de acceso a cargos jurisdiccionales, ajeno a la lógica de la competencia político-partidista.
Finalmente, en un juicio más se ordenó modificar la convocatoria para eliminar el requisito de no haber adquirido una nacionalidad diversa, pues en el caso concreto que se presentó, se consideró que se trataba de una medida “discriminatoria e injustificada”.
Se argumentó que “el hecho de que la parte actora cuente con otra nacionalidad por nacimiento, es una cuestión contingente que no rompe, en principio, con la finalidad que buscó el legislador al establecer como requisito el ser mexicano, ya que la misma se puede alcanzar por otros mecanismos, como es el cumplimiento del resto de requisitos para acceder al cargo correspondiente”.
EHR