El Tribunal Electoral suspendió hasta nuevo aviso su sesión pública de este miércoles, donde se debatiría ordenar cambios a la convocatoria que lanzó la Cámara de Diputados para elegir tres nuevas consejerías del INE y que tiene como límite de registro el próximo viernes 27 de marzo.
A contrarreloj y ante la llegada de nuevas impugnaciones, el pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación acordó posponer la sesión pública para definir los criterios que plantearían para ajustar la convocatoria.
Caso Rojas Choza, en análisis
La impugnación inicial que se resolvería este miércoles es la del ex consejero electoral de Aguascalientes, Francisco Antonio Rojas Choza, en contra del impedimento a participar para las personas con doble nacionalidad, pero en las últimas horas se sumaron otros juicios referentes a la falta de acciones afirmativas, de garantías de paridad, del requisito de no haber sido registrado a alguna candidatura en una elección de cargos populares y otras, por los criterios de evaluación.
El caso del ex consejero del Instituto Electoral de Aguascalientes, se basa en que tiene interés de participar, pero tiene doble nacionalidad por haber nacido en Caracas, Venezuela pero ser hijo de madre mexicana.
Rojas Choza alegó que la convocatoria de la Cámara de Diputados va en contra de los precedentes de la propia Sala Superior que determinó que la nacionalidad en estos cargos puede ser por nacimiento o naturalización, por lo que debe inaplicarse esa restricción prevista en la convocatoria, en lo que el magistrado Felipe de la Mata Pizaña propuso darle la razón.
El proyecto que se hizo público esta semana, indica que desde el 2020, la Sala Superior resolvió que “la reserva de la función electoral materia de análisis es una exigencia discriminatoria, pues de manera injustificada impide la participación de ciudadanas y ciudadanos mexicanos, al diferenciarlos por el modo en el que adquirieron la nacionalidad, lo cual atenta contra el derecho de acceso a la función pública de la autoridad electoral”.
Agrega que la Cámara de Diputados puede acreditar lazos sólidos con el estado mexicano con otros requisitos que además, permitan acreditar la independencia en el desempeño de la función electoral.
“El actor es un ciudadano mexicano por nacimiento, conforme a la Constitución y las Leyes aplicables, de forma que goza de todos los derechos y prerrogativas que tal calidad le otorga, siendo que el hecho de que cuente con otra nacionalidad, por nacimiento, es una cuestión contingente que no rompe, en principio, con la finalidad que buscó el legislador al establecer como requisito el ser mexicano por nacimiento.
“De esa forma, es claro que cuando el legislador establece en la LGIPE la restricción para ocupar una consejería electoral, consistente en no haber adquirido otra nacionalidad, creó una medida restrictiva, injustificada, ya que no tiende al cumplimiento de estándares constitucionales. Así, la exigencia de no haber adquirido una nacionalidad diversa, pese a ser mexicano por nacimiento, en el caso implica una medida injustificada y, por tanto, discriminatoria”, indica el proyecto.
Otras impugnaciones
En otras impugnaciones, un grupo de personas que exigen acciones afirmativas para que una persona de comunidades indígenas acceda a uno de esos tres espacios, otros que no se garantiza la paridad en la integración, otros alegan el requisito de no haber sido registrada como candidata o candidato y unos más, los criterios de evaluación.
Además del magistrado Felipe de la Mata, la magistrada Claudia Valle Aguilasocho y el magistrado presidente, Gilberto de Guzmán Bátiz, también tienen a su cargo estos juicios, por lo que se espera que este jueves retomen la sesión pública, antes de que venza el plazo de registro el viernes y se puedan modificar los requisitos.
IOGE