El Tribunal Electoral confirmó la lista definitiva para la última etapa del proceso de selección de tres consejerías del INE, al descartar exclusiones, errores o cambios de reglas del Comité Técnico por reducir las entrevistas a 100 personas divididas entre hombres y mujeres.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió diferentes alegatos de personas inconformes, incluidos los del ex juez Iván Bravo Olivas quien aspiró en la elección judicial a magistrado de la Sala Superior y ahora a consejero electoral del INE, que obtuvo 78 puntos en el examen pero que no pasó el filtro de idoneidad.
Alegan examen presencial
Bravo Olivas y otras dos personas que pidieron reservar su nombre como dato protegido alegaron exclusiones, cambio de reglas e irregularidades por reducir la lista a 100 personas dividiéndolas por género.
En proyectos de los magistrados Felipe Fuentes y Felipe de la Mata, más uno de la magistrada Mónica Soto que se desechó porque la persona que impugnó se desistió de su queja.
Entre otras razones, los proyectos explicaron que si, por ejemplo, en el examen se incluyeron a 87 mujeres con los mejores promedios fue porque se dieron varios empates, por lo que la lista se redujo a 50 para respetar el principio de paridad y se consideraron los porcentajes más altos.
“En el proyecto se propone declarar infundados los agravios del actor relacionados con la metodología utilizada por el Comité para definir los mejores puntajes, ya que la responsable determinó de forma correcta la base de personas que integrarían la lista definitiva en aplicación de la convocatoria correspondiente.
“Igualmente se califica como infundado el agravio relacionado con la supuesta indebida separación de calificaciones por género, ya que la responsable se ciñó a la convocatoria y a sus facultades de interpretación, además de que en la realidad lo que pretende el actor es que se acoja a la interpretación que más le beneficie”.
En un caso similar se respondió que “fue ajustado derecho el procedimiento realizado por el Comité Técnico de Evaluación respecto a la forma en que se elegirían a las personas candidatas con los puntajes más altos, ya que ello garantizó la paridad de género y no implicó una modificación a la convocatoria”.
Otro aspirante alegó que fue indebido que el examen fuera forzosamente presencial, a pesar de que esto ya lo había resuelto previamente la misma Sala Superior confirmando esa modalidad.
“Contrario a lo afirmado por el actor, el hecho de que el Comité Técnico haya establecido que la revisión de su examen fuera de manera presencial no implica una modificación a la convocatoria, aunado a que las manifestaciones de imposibilidad debieron ser planteadas ante la responsable para que estuvieran posibilidad de pronunciarse al respecto”.
También se consideró que una de las personas que impugnó buscaba ser incluido, pero ni siquiera cumplía con el porcentaje, “se consideran inoperantes los agravios relacionados con las omisiones que aluden su demanda, ya que, al validarse su exclusión, ninguno de esos aspectos alcanzaría su pretensión de continuar en el proceso de designación”.
Con lo que el Comité Técnico podrá continuar las entrevistas que concluyen este jueves, sin tener que hacer ningún ajuste en cuanto a las personas que están convocadas para responder planteamientos por 12 minutos.
IOGE