El Tribunal Electoral confirmó que aquellas organizaciones que aspiran a partidos políticos y que el INE detecte afiliaciones duplicadas con cualquier fuerza política, perderán esa afiliación y también les impactará en el quórum de sus asambleas, con lo que Somos México ya se quedó cerca del límite legal que requiere para mantenerse en el proceso.
La organización Personas Sumando que busca convertirse en el partido Somos México impugnó ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que entregaron 246 asambleas de las 200 necesarias, pero el INE les notificó la cancelación de 41 porque las personas que le ayudaron a reunir el quórum mínimo de 300 participantes, después se afiliaron a otro partido, en su mayoría a Morena.
Este tema generó debate en el Consejo General del INE que llevó a que incluso se pospusiera una votación, se convocara a una reunión privada y se volviera a votar en la última sesión con pleno completo el pasado 31 de marzo, sin que hubiera un acuerdo unánime.
¿Cuáles fueron los argumentos?
La consejera presidenta, Guadalupe Taddei, fue insistente en que “eso no existe” ante la reiteración de algunas consejerías de que la duplicidad posterior implicaría afectaciones retroactivas a asambleas que en su momento se realizaron de manera válida. Sin embargo, la Sala Superior confirmó que el criterio siempre ha sido así, aunque anteriormente no se dio esta afectación en los niveles que parece que se presentará ahora.
El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón se quedó en un voto solitario al insistir en que esto le resta certeza jurídica al proceso, pues el propio personal del INE está presente en las asambleas y confirma el quórum, para que después, por hechos futuros el mismo INE lo invalide.
“El resultado es una situación de incertidumbre estructural, en donde las organizaciones cumplen con los requisitos exigidos por la ley en el momento en que realizan los actos de asambleas distritales o estatales, obtienen la certificación de la autoridad de la validez de esos actos y pese a todo ello, no pueden saber si sus asambleas conservarán su validez. Eso no abona la certeza jurídica, de hecho, es exactamente todo lo contrario”.
INE mantendrá revisión
La magistrada Mónica Soto sostuvo que mantener a una persona en una organización en la que ya decidió ya no estar, implicaría un incentivo dañino y vulneraría la decisión de la ciudadanía.
“Si lo que pretende el proyecto es desconocer la regla para preservar el quorum original alcanzado en las asambleas, ello equivale a ignorar deliberadamente la última manifestación de voluntad de la persona afiliada y los efectos jurídicos de que de ella se deriva. Esto fomenta incentivos dañinos.
“Considero que si permitimos la validez de una asamblea con independencia de que posteriormente deje de cumplir con el quorum por duplicidad de afiliaciones, crearía incentivos que favorecerían el cumplimiento artificioso de los requisitos, pues incitaría la captación indiscriminada de afiliaciones sin importar que después migren a otras organizaciones, tornaría irrelevante la depuración posterior, la cual es fundamental para la constatación efectiva de la base mínima exigida para la existencia de los partidos políticos de reciente creación. Pero lo más grave es que facilitaría que las organizaciones compitan por afiliaciones transitorias, solo para cumplir con el requisito de quórum”.
Con este criterio, el INE mantendrá la revisión que implicará restar asambleas en las que los afiliados de las cuatro organizaciones que mostraron cumplir con este requisitos, después decidieron sumarse a otro partido político.
IOGE