Política

Suprema Corte rechaza atraer análisis de amparos en caso María Elena Ríos

Sin discusión alguna y por mayoría de cinco votos, el Pleno determinó no ejercer su facultad de atracción para estudiar cinco amparos directos interpuestos por los probables responsables.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó conocer el caso de la saxofonista María Elena Ríos, quien fue atacada con ácido, asunto por el que hay varias personas detenidas que buscan echar abajo los procesos que enfrentan, entre ellos, el exdiputado priista Juan Antonio Vera Carrizal.

Sin discusión alguna y por mayoría de cinco votos, el Pleno determinó no ejercer su facultad de atracción para estudiar cinco amparos directos interpuestos por los probables responsables.

Las ministras Yasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz Ahfl, además del presidente de la Corte, Hugo Aguilar Ortiz, votaron a favor de atraer el asunto.

Antes de someter a votación la solicitud de la Fiscalía General de la República (FGR), la ministra Sara Irene Herrerías Guerra se declaró impedida para participar.

“Quiero anticiparles que en el asunto a resolver, es decir, la solicitud de ejercicio de la facultad de atracción 415/2026 declaró mi impedimento para formar parte de la discusión y resolución de la misma, toda vez que a mi consideración se configura la causal de impedimento establecida en la fracción octava del artículo 51 de la Ley de Amparo, en razón de que como titular de la Fiscalía Especializada en materia de Derechos Humanos, de la Fiscalía General de la República, tuve conocimiento de los hechos que derivaron en la investigación penal sobre la que versan los amparos directos que se proponen atraer, incluso en su momento coadyuve con la titular de la Fiscalía Especializada en Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas para el inicio de la carpeta de investigación y su seguimiento”.

Confiaba en atracción

Horas antes de iniciar la sesión, María Elena Ríos difundió una carta en la que manifestó su confianza en que la Corte atrajera el caso. En la misiva, señaló que desde hace siete años busca justicia.

"La Suprema Corte de Justica de la Nación tiene en sus manos la posibilidad de atraer mi caso por el intento de feminicidio con ácido que infringió hacia mí el ex diputado y empresario gasolinero Juan Antonio Vera Carrizal y cuatro hombres más, entre ellos su hijo que aún se encuentra prófugo".
“En todo este tiempo no he podido acceder a la justicia, debido a la corrupción que impera en el estado de Oaxaca, pues el agresor ha ejercido su poder económico y político para pervertir y corromper el proceso penal en su contra”.

La saxofonista señaló que Vera Carrizal ha usado sus influencias para salir de la cárcel fingiendo enfermedades.

“Supuestamente, desde diciembre de 2024 se encuentra en un hospital privado y su familia no ha permitido que peritos oficiales e imparciales verifiquen su situación de salud.
“Llegar hasta aquí ha sido atravesar un proceso parcial, desgastante, dilatado y tortuoso, obstaculizado por la violencia institucional que ha tratado de demeritar las pruebas del delito contenidas en un expediente de miles de hojas”.

Asimismo, mencionó que diez jueces han tenido en sus manos el caso sin que haya una sentencia condenatoria que marque un precedente para todas las mujeres.

“El ataque con ácido no solo intentó arrebatarme la vida; también dejó consecuencias físicas, emocionales y psicológicas permanentes que han transformado profundamente mi cuerpo, mi identidad y mi manera de habitar el mundo”, agregó.

La víctima puntualizó que su caso no es aislado, ya que al menos en el año 2025 se registraron 336 casos entre amenazas y ataques por violencia ácida, según el Banco Nacional de Datos e Información sobre casos de Violencia contra las Mujeres (Banavim).

¿Qué pedía la FGR?

Carmen Lucía Sustaita Figueroa, titular de la Unidad Especializada en Asuntos Jurídicos de la FGR, pidió a la Corte conocer el caso para definir cuál es la interpretación que debe darse al artículo 138 del Código Nacional de Procedimientos Penales para emisión de una providencia precautoria.

Lo anterior con la intención de señalar cuáles son los parámetros que deben seguir los jueces de control para valorar con perspectiva de género los datos de prueba ofrecidos por las partes en la audiencia de revisión de la medida de prisión preventiva justificada, tratándose de delitos cometidos en perjuicio de mujeres, como la tentativa de feminicidio.

Además, si en el caso de inhabilitación o suspensión del Tribunal de Enjuiciamiento, el órgano jurisdiccional sustituto tiene facultades para redactar la sentencia respectiva con base en lo expuesto oralmente ante otro juez.

El ataque

María Elena Ríos fue atacada con ácido en su casa en Huajuapan de León, Oaxaca, el 9 de septiembre de 2019, provocándole lesiones en el rostro y gran parte de su cuerpo.

La víctima señaló como autor intelectual a su ex pareja, Juan Antonio Vera, caso en el que se ha relacionado a su hijo Juan Antonio Vera Hernández, actualmente prófugo de la justicia.

En 2020, Vera Carrizal se entregó a las autoridades y quedó en prisión preventiva. También se detuvo a Rubicel Hernández Ríos y Rubén Loaeza Chárrez, como probables autores materiales del delito.

​IYC

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Rubén Mosso
  • Rubén Mosso
  • Egresado de la Escuela Nacional de Estudios Profesionales Aragón, hoy FES Aragón (UNAM). Especializado en temas de juzgados y tribunales federales, además de la Suprema Corte y Fiscalía General de la República. Aficionado al cine y la música.
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