Política

Corte aprueba que mujeres musulmanas obtengan fotografía de pasaporte con hiyab

Dos mujeres habían impugnado ante la SCJN, señalando una violación a los derechos y a la libertad religiosa.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio luz verde para que las mujeres que profesan la religión denominada Islam puedan obtener la fotografía de su pasaporte con su hiyab o velo islámico, por lo que la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) no podrá negar dicho trámite.

¿Cómo se aprobó el proyecto?

Con ocho votos a favor y uno en contra, el Pleno avaló dos proyectos de sentencia presentados por la ministra Yasmín Esquivel Mossa y el presidente de la Corte, Hugo Aguilar Ortiz, quienes propusieron amparar a dos mujeres que radican en Chihuahua y en la Ciudad de México, resolución que sienta un precedente al tratarse de los primeros casos que se resuelven en nuestro país.

Las quejosas impugnaron el artículo 14, fracción IV, del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje, particularmente en la porción normativa “cabeza descubierta”, por considerar que es violatorio de los derechos humanos, las discrimina y porque atenta contra la libertad religiosa.

Así fue la sesión del 11 de diciembre

Ministra Esquivel aboga por los derechos de las mujeres

Esquivel Mossa propuso no declarar inconstitucional dicho artículo, sino realizar una interpretación del mismo para proteger a las mujeres que profesan el Islam. Esto llevó a que Hugo Aguilar ajustará su proyecto, porque él sí proponía invalidarlo.

“En este caso la Suprema Corte habla a nombre de todas las mujeres de México, a quienes se nos ha impuesto históricamente una carga adicional a la que tienen los hombres en todas las facetas de nuestra vida diaria”, señaló Yasmín Esquivel.
“A lo largo de la historia, las mujeres hemos tenido que derrumbar muros y esquivar obstáculos para lograr un objetivo que normalmente los hombres no tienen que sufrir, vivir en libertad, en igualdad y con dignidad”. 
“Esta es una oportunidad histórica para que este Alto Tribunal proteja los derechos de las mujeres para decidir lo que por esencia nos pertenece: tener suficiente libertad para elegir profesar una religión o a no tener una religión, contar con la libertad para vivir conforme a los dictados de nuestra conciencia y de la religión que decidamos seguir y, por supuesto, tener la oportunidad de desarrollar nuestros planes de vida y trabajo sin sufrir discriminación por nuestra condición de género y religión”.

La togada pidió al Pleno realizar un análisis con una perspectiva de género e interseccionalidad, pues la quejosa que radica en Chihuahua sufrió una doble discriminación, primero por su condición de mujer y segundo, por la religión que decidió libremente adoptar.

“En el expediente hay constancias que aporta la quejosa para probar que su intención es obtener un pasaporte para aceptar un trabajo en una empresa con sede en Kuwait y poder viajar a ese país”.
“Imaginen por un minuto la gravedad de la situación de una mujer que actualmente forma parte de la comunidad musulmana en México y que tiene la intención de viajar a otro país, con las con las distintas culturas y normas religiosas propias de cada entorno geográfico y esos planes se frustran por no permitirle obtener su pasaporte vistiendo el hiyab que ella desea llevar y que seguramente le es exigido para integrarse a esa comunidad islámica en el exterior. Esa es la finalidad de la perspectiva de género, de la interseccionalidad: ponernos en los zapatos de las personas que se encuentren en una situación de vulnerabilidad más acentuada…”, refirió.

Demagogia

La ministra Lenia Batres Guadarrama fue la única que votó en contra de los proyectos.

Durante su primera intervención, para referirse a la propuesta de Yasmín Esquivel, dijo que la Corte debe garantizar y preservar el interés público y la seguridad nacional, para evitar afectaciones logísticas en la emisión de pasaportes en México, y calificó de demagogia la propuesta.

Mencionó que en la impartición de justicia es importante poner atención a las retóricas jurisdiccionales del momento.

“Existe una recurrencia de este tipo de argumentaciones que considero, con todo respeto, tienden a la demagogia, en tanto que, por pretender proteger un derecho, terminan desconociendo los derechos de sus titulares y de otras personas”.
“Defender la Constitución implica no dejarnos seducir por una retórica jurisdiccional, entendida como el arte del bien decirle la justicia. En cambio, podríamos replantear la idea y pensar en el arte del bien, juzgar de acuerdo con nuestra Constitución, y con el concepto de separación de Iglesia y Estado”.

Terrorismo 

El ministro Giovanni Figueroa Mejía, quien se sumó al proyecto de la ministra, no compartió la propuesta de Hugo Aguilar de invalidar la norma combatida.

“No hay que olvidar que hay quienes desnaturalizan los valores identitarios de una religión para colar como subterfugio, podríamos decir, acciones de terrorismo o de delincuencia organizada y esto es grave”.

Por ello, pidió no eliminar la disposición normativa.

MD

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Rubén Mosso
  • Rubén Mosso
  • Egresado de la Escuela Nacional de Estudios Profesionales Aragón, hoy FES Aragón (UNAM). Especializado en temas de juzgados y tribunales federales, además de la Suprema Corte y Fiscalía General de la República. Aficionado al cine y la música.
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