Política
  • Pérez Dayán se llevó 2 de las 4 camionetas blindadas de la Corte; pagó la mitad de su valor inicial

  • Las otras dos fueron adquiridas por Ríos Farjat y Luis María Aguilar; todas en óptimas condiciones y con kilometraje óptimo. Desde 2013, ministros legalizaron estas adquisiciones.
Alberto Pérez Dayán adquirió dos camionetas Jeep con blindaje nivel 5 y poco kilometraje. | Cuartoscuro

A unas semanas de dejar su cargo, el hoy ministro en retiro de la Corte, Alberto Pérez Dayán, se hizo de dos de las camionetas Jeep blindadas de lujo adquiridas en 2020 por el máximo tribunal, ambas en excelentes condiciones y bajo kilometraje según los avalúos realizados, por las cuales pagó poco más de dos millones de pesos, equivalentes a la mitad de su valor inicial.

Otra de las camionetas fue adquirida por la ministra en retiro Margarita Ríos Farjat, también a unas semanas de dejar el cargo el año pasado; y una más por el togado Luis María Aguilar en enero de 2025. En ambos casos, también pagaron la mitad del valor inicial de los vehículos.

Así lo revelan los documentos oficiales de dichas adquisiciones (incluidos solicitudes, avalúos y facturas) a los que MILENIO tuvo acceso. Los procedimientos para hacerse de esos vehículos se llevaron a cabo de forma legal al amparo de una normativa vigente desde 2013.

El 26 de enero, en una conferencia de prensa, el ministro presidente de la Corte, Hugo Aguilar Ortiz, y el togado Arístides Rodrigo Guerrero, informaron que los ministros del pleno anterior habían adquirido las “cuatro camionetas” que se encontraban en mejores condiciones como parte de su haber de retiro. Ello sin dar mayores detalles.

Los documentos a los que este medio tuvo acceso revelan los procedimientos y pagos llevados a cabo para la adquisición de los vehículos. En total, fueron desincorporadas del patrimonio de la SCJN cuatro camionetas Jeep Grand Cherokee modelo 2020 4 por 4 edición Limited de lujo, tres de ellas con blindaje nivel cinco y una más con blindaje nivel tres.

En total, los ministros pagaron por dichos vehículos 4 millones 391 mil pesos, que es poco más del 50 por ciento del precio original de adquisición de dichos vehículos, que fue de 8 millones 551 mil pesos. Los montos que los togados desembolsaron fueron definidos por los avalúos técnicos realizados.

En todos los casos, la adquisición de estas camionetas se realizó al amparo del artículo cuarto, fracción IX del Acuerdo General de Administración del 9 de septiembre del 2013 del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación relativo a las pensiones de los ministros jubilados y a los conceptos que integran el haber de retiro de los Ministros en Retiro.

“Los Ministros en Retiro tendrán la opción de adquirir, dentro de los 30 días previos a su retiro, los vehículos asignados para el desarrollo de sus actividades, de conformidad con los criterios que para tal efecto emita el Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte”, señala el referido acuerdo firmado, entre otros, por los entonces ministros Arturo Zaldívar y Olga Sánchez Cordero.

Este medio buscó a los ministros Pérez Dayan y Ríos Farjat para solicitar algún posicionamiento sobre la adquisición de los vehículos, pero hasta el cierre de esta nota no hubo pronunciamientos.

Los jeeps de Dayan

Manuel Añorve expone su postura luego de que la SCJN no contara con los ocho votos para determinar si la reforma judicial es constitucional o inconstitucional.
Ministro en retiro Pérez Dayán. | Archivo

El ministro en retiro Alberto Pérez Dayán, cuyo voto fue vital para que la reforma judicial prosperara en la Corte, fue el mayor entusiasta respecto a la adquisición de los vehículos de lujo de la Corte, pues se hizo de dos de ellos, de acuerdo con los documentos a los que se tuvo acceso.

En primera instancia, el 17 de junio solicitó en un oficio enviado a la Oficialía Mayor y al amparo del acuerdo ya referido, el trámite de adquisición de la camioneta marca Jeep, submarca Grand Cherokee Limited Lujo, modelo 2020, color plata, y número de serie 1C4RJFBT0LC207182. 

Las placas de dicha unidad, al igual que en los otros casos, no serán publicadas en este medio por tratarse ahora de vehículos particulares.

El avalúo de la unidad, a cargo de la empresa Consultoría en Ingeniería Legal S.A. de C.V., concluyó que se trataba de una camioneta con 26 mil 83 kilómetros de recorrido (muy por debajo del promedio de un auto de cinco años de uso para ese momento), que tanto en sus sistemas mecánicos como electrónicos y tableros se encontraba en “perfecto estado de conservación”.

Se estableció además que contaba con un blindaje nivel D o Cinco instalado y certificado en diciembre de 2019.

Tras llevar a cabo el estudio de mercado correspondiente, el documento concluye que el valor de una unidad de ese recorrido y características era de un millón 171 mil pesos. Cantidad que el ministro pagó el 22 de agosto de 2025 y por la cual le fue emitida una factura en esa misma fecha.

En tanto, el 19 de agosto, a diez días de que acabara oficialmente su periodo, Dayán envió otro oficio a la Oficialía Mayor solicitando la desincorporación y adquisición de otra camioneta Marca Jeep, Submarca Grand Cherokee Limited Lujo, modelo 2020, número de serie 1C4RJFBT6LC178769.

Al igual que en el caso anterior, se realizó el avalúo correspondiente que confirmó que el vehículo estaba en perfecta conservación, y con un recorrido de apenas 4 mil 212 kilómetros. El blindaje, como en el caso anterior, fue de nivel D o cinco, certificado el 13 de diciembre de 2019.

El valor de este vehículo, considerando su uso y recorrido, se fijó en un millón 223 mil pesos ya con IVA que, al igual que en el caso anterior, fueron cubiertos el 22 de agosto, lo que dio paso a la emisión de la factura en la misma fecha.

Farjat y Luis María también

El ministro fue despedido con aplausos por sus homólogos de la Segunda Sala de la Suprema Corte. Pasará al retiro, tras concluir los 15 años para el cargo que fue designado.
Ministro en retiro Luis María Aguilar. | Especial

El 16 de junio de 2025, Ríos Farjat solicitó a la Oficialía Mayor la desincorporación y adquisición de la camioneta que se le había asignado para su labor en la Corte al amparo del acuerdo de 2013. Se trataba, como en todos estos casos, de una camioneta Grand Cherokee Limited, modelo 2020, pero esta con número de serie 1C4RJFBT4LC178768.

El avalúo concluyó que el vehículo color granito y con blindaje nivel 5 tenía un recorrido de 33 mil 955 kilómetros y se encontraba en perfecto estado y buen funcionamiento mecánico y electrónico, con el mantenimiento al corriente. El valor de la unidad fue fijado en un millón 119 mil pesos.

El 15 de julio de 2025 la ministra efectuó el pago total de dicha unidad y el 16 de julio se emitió la factura correspondiente.

El otro caso fue el de Luis María Aguilar, quien se retiró del cargo el 30 de noviembre de 2024, pero cinco días antes, también solicitó la desincorporación y compra de dos vehículos, entre ellos la camioneta Grand Cherokee número de serie 1C4RJFBT2LC147745 de las mismas características que las ya mencionadas, pero con un blindaje menor, de nivel III, y con un kilometraje calificado de óptimo, aunque no precisado.

El avalúo estableció que el vehículo se encontraba en buenas condiciones y que su valor real al momento era de 878 mil pesos. El pago y la facturación correspondiente de la unidad se llevaron a cabo el 14 de enero del 2025.

Cabe señalar que en su solicitud el ministro también solicitó que se le permitiera la adquisición de una camioneta Toyota Sienna XLE modelo 2018. Este diario no tiene los documentos que prueben si dicho vehículo también le fue entregado a Aguilar. 

Adquisiciones legales

La salida de estas cuatro camionetas del patrimonio de la SCJN fue revelada en la conferencia de prensa del 26 de enero, en la que los ministros en funciones justificaron la decisión inicial de adquirir nuevos vehículos Jeep Grand Cherokee, pero que tras múltiples críticas tomaron la decisión de no utilizarlos.

“Hay que decirlo como ocurrió. Las y los ministros de la SCJN de la integración anterior no solamente se llevaron obras de arte, sino que además se llevaron las cuatro camionetas que había adquirido la Corte en un proceso en el cual fueron adquiridas. Así se llevaron las camionetas que determinaron llevárselas como parte de su haber de retiro”, dijo Guerrero García.

Como precisó el ministro presidente de la Corte y se corrobora en los documentos revisados, la compra de estos vehículos se realizó al amparo de un marco normativo plenamente definido desde hace más de una década.

El artículo 23 de la Ley General de Bienes Nacionales (LGBN) otorga al Poder Judicial la atribución de adquirir y enajenar bienes muebles e inmuebles a nombre de la Federación, respecto a los bienes que dicho Poder Judicial adquiera, y le da autonomía de gestión. A partir de ese marco general es que se emitió el acuerdo de 2013 respecto a la posibilidad de enajenar vehículos.

En papel, esto se traduce en que un funcionario, al concluir su encargo, puede adquirir vehículos comprados originalmente con recursos públicos a un precio reducido. No obstante, al mismo tiempo permite al Estado, y en este caso en específico al Poder Judicial, desincorporar bienes cuya depreciación es muy rápida y, a su vez, recuperar una parte de lo convertido originalmente.

SNGZ

Google news logo
Síguenos en
Arturo Ángel
  • Arturo Ángel
  • Periodista, corresponsal y escritor. Especializado en la investigación de temas de corrupción, justicia, derechos humanos, transparencia y democracia en México y Estados Unidos. Ganador del Premio Nacional de Periodismo y del Premio Alemán de Periodismo, y nominado a un Emmy. Autor de dos libros publicados por Penguin Random House.
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.