Mientras que el Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa de Nuevo León concedió una suspensión de amparo provisional a los choferes de plataformas digitales de transporte para que no les decomisen sus vehículos, el Juzgado Tercero negó la medida cautelar.
Ayer, el Juzgado Primero otorgó la suspensión provisional en tres juicios de amparo con números de expediente 877/2019, 910/2019 y 902/2019, tanto colectivos como individuales, en beneficio de más de mil conductores.
“En lo relativo al decomiso de vehículos, procede conceder la suspensión provisional para el efecto de que no desposean los vehículos”, señala el acuerdo publicado en la página del Consejo de la Judicatura.
En tanto, el Juzgado Tercero admitió el juicio de amparo 890/2019, pero negó la suspensión provisional bajo el argumento de que los prestadores del servicio no acreditaron contar con una concesión, dicho juicio fue suscrito por 90 personas.
El equipo jurídico de la diputada Karina Barrón, de Movimiento Ciudadano, –que promovió los amparos– adelantó que impugnarán la negativa de la suspensión a través de un recurso de queja, debido a que las plataformas no cuentan con concesiones, porque son servicios que no están regulados en la Ley de Transporte vigente.
La legisladora local señaló que estaba “muy contenta, porque a más de mil conductores, el día de hoy un juez federal nos otorgó la suspensión provisional”.
Con los amparos, se están combatiendo los decomisos de vehículos que prestan el servicio de transporte a través de aplicaciones como Uber, DiDi, Cabify, entre otras.
Los quejosos señalan que la Agencia Estatal del Transporte (AET) y elementos de Fuerza Civil les desposeyeron de sus bienes y documentos sin una orden escrita, presuntamente violando los artículos constitucionales 5, 11, 14 y 16.
Cabe agregar que en los tres juicios que resolvió el Juzgado Primero se obtuvieron suspensiones provisionales parciales, esto quiere decir que el juez concedió la medida en unos aspectos y la negó en otros.
En este sentido, la suspensión actual solamente es para efecto de que las autoridades no decomisen los vehículos, de lo contrario incurrirían en desacato y sería un motivo más para remover al titular de la AET, Noé Chávez.
Las audiencias incidentales en el Juzgado Primero están programadas para el 12 y 15 de agosto, y en el Juzgado Tercero para el 20 de agosto, y hasta entonces ambas partes podrán exponer sus argumentos para determinar si se concede o no la suspensión de amparo definitiva.
El pasado 9 de julio de este año, diputados de Movimiento Ciudadano, del Partido Verde Ecologista de México y la asociación civil Ciudadano Empoderado presentaron diversos juicios de amparo colectivos contra los decomisos de los vehículos, las multas y los retenes que realizó la Agencia Estatal del Transporte.
La resolución no protege a los vehículos que previamente hayan sido llevados al corralón, por ser actos pasados, pero el equipo jurídico de Movimiento Ciudadano señaló que solicitarán un recurso de revisión.