Durante su más reciente visita al municipio de Calnali, como parte de las “Rutas de la Transformación”, el gobernador de Hidalgo, Julio Menchaca Salazar, señaló nuevamente a los ayuntamientos por no acatar la Ley de Imagen Urbana, misma que se aprobó en el Congreso Local desde el 2023, y a cerca de dos años siguen sin atender este reglamento.
El mandatario estatal hizo un nuevo llamado a los titulares de las presidencias municipales para priorizar la “voluntad” de aplicar la norma, ya que debían contar con los reglamentos dentro de los 180 días posteriores a la publicación de esta nueva normatividad, pues no pueden mantener el pretexto de insuficiencia presupuestal cuando el gobierno estatal brinda respaldo para acatar estos lineamientos.
Situación legal de la Ley de Imagen Urbana en Hidalgo
Cabe recordar que esta norma de reciente creación, propuesta por Julio Menchaca, no entró en vigor todavía al 100 por ciento, debido a que se publicó el decreto en el Periódico Oficial del Estado (POEH) el cinco de octubre de 2023; mas no así los reglamentos y manual necesarios para su aplicación, para lo cual el Legislativo tenía un plazo de 180 días para su creación.
Incluso la cámara local añadió el pasado 11 de abril un “alcance dos” a este documento donde enuncia nuevamente, dentro de sus artículos transitorios, “Único. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo”, oficial; precedido por un “alcance uno” con el mismo texto pero con fecha del 28 de enero de este año.
Pese a esto, Menchaca Salazar reiteró la intención de aplicar como política pública el aprovechamiento de la riqueza natural y del paisaje con el que cuentan las 84 demarcaciones que lo integran, lo cual no sólo requiere de presupuesto, sino principalmente de voluntad, pues desde el Ejecutivo local se tienen áreas específicas para apoyar a los municipios y aplicar esta norma antes de que entren en vigor las sanciones.
“Sí se requiere dinero, pero más que nada voluntad política de las presidencias municipales para ejecutar de forma firme los reglamentos, porque luego se va haciendo muy suave, elástica, esa normatividad y simplemente con una decisión damos una vuelta a una mejor imagen urbana. A la entrada de muchos municipios están deshuesaderos, en otros sigue el mismo escombro, montón de arena o grava. Parece que es de nadie y ahí está”, sentenció.
El mandatario estatal reiteró la disposición de la Dirección de Imagen Urbana del Ejecutivo estatal para brindar el apoyo necesario a los municipios para acatar esta norma y lograr el aspecto ordenado y limpio.
“Pero requiere de arduo trabajo”, además garantizó el respaldo para brindar recursos públicos y atender esta nueva Ley en su totalidad.
Sanciones por incumplimiento
De acuerdo a la Ley de Imagen Urbana de Hidalgo, consultada por MILENIO, en su apartado de “Sanciones, Medidas Administrativas y Medios de Impugnación” se contemplan tres artículos en este rubro: en su artículo 87, para el caso de incumplimiento de las disposiciones de la Ley, y que no describen sanción específica, la autoridad estatal o municipal aplicará previo el procedimiento administrativo correspondiente, las siguientes sanciones según corresponda, la autoridad competente notificará al particular dicha prevención y concederá un plazo de cinco a quince días hábiles para el cumplimiento de la determinación, dependiendo de la falta de que se trate; Multa: Misma que podrá ir de 20 a mil 500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) de acuerdo a la gravedad de la disposición vulnerada y considerando las condiciones específicas del infractor, es decir desde los dos mil 262.8 pesos a los 169 mil 710 pesos.
También contempla el desmantelamiento, retiro o demolición, misma que se llevará a cabo por parte de la persona responsable. En caso de omisión por parte de este, la autoridad podrá llevar a cabo los trabajos respectivos a costa del particular, y en su caso solicitará el uso de la fuerza pública para el cumplimiento del mismo, y Cancelación o suspensión de permisos o licencias:
“La autoridad competente emitirá y notificará la resolución al responsable. Lo anterior, independientemente de la responsabilidad que resulte por el daño ocasionado a terceros”, (sic).
Finalmente, el artículo 88 señala que las personas servidoras públicas que no observen las disposiciones de la presente Ley serán sujetas a los procesos descritos en la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Hidalgo; y el artículo 89, en contra de las actuaciones y resoluciones de la autoridad responsable derivado de las atribuciones concedidas en la presente Ley, proceden los recursos descritos en la Ley Estatal del Procedimiento Administrativo.